Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2016 (20/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 20 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

593633

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2016-A/MC Comas, 5 de Julio del 2016 VISTO: El Informe N°073-2016-SGGP-GPPR/MC, de la Subgerencia de Gestión de Procesos; el Informe N°972016-GPPR/MC, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización; el Informe N° 277-2016-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído N° 1215-2016-GM/MC, de la Gerencia Municipal sobre modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Entidad, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 442/MC,se aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 221 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas normas publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 03 de setiembre de 2015; Que, mediante Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se incorporan los numerales 14.7, 14.8 y 14.9 al artículo 14 de la Ley N° 29664, referidos a las competencias para ejecutar las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), por parte de las Municipalidades Provinciales y Distritales, así como el tratamiento especial en el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima; precisándose que las ITSE Básicas e ITSE para espectáculos de hasta 3000 espectadores son ejecutadas por las Municipalidades Distritales en el ámbito de su jurisdicción y por las Municipalidades Provinciales en el ámbito del cercado; y las ITSE de Detalle, ITSE Multidisciplinarias e ITSE para espectáculos con más de 3000 espectadores son ejecutadas por las Municipalidades Provinciales; y la Municipalidad Metropolitana de Lima en el ámbito del Cercado ejecuta las ITSE Básicas, ITSE de Detalle e ITSE para espectáculos de hasta 3000 espectadores; y en el ámbito de la provincia ejecuta ITSE Multidisciplinaria e ITSE para espectáculos con más de 3000 espectadores; correspondiendo a las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, ejecutar las ITSE Básicas, ITSE de Detalle e ITSE para espectáculos de hasta 3000 espectadores, respectivamente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM, se aprueba el TUPA modelo de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento e inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales, elaborado por la Secretaria de Gestión Pública en coordinación con el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ­ CENEPREP; Que, las disposiciones establecidas en la mencionada Resolución, son de observancia obligatoria para todas las municipalidades provinciales y distritales del país, a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento y de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) que forman parte de sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, en ese marco legal, corresponde adecuar los requisitos y plazos establecidos para los procedimientos administrativos de ITSE comprendidos en el TUPA de la Municipalidad; Que, el artículo 38, numeral 38.5 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece

que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, con Informe N° 97- 2016-GPPR/ MC, presenta la propuesta de modificación del TUPA, acompañado del Informe N° 073-2016-SGGP-GPPR/MC, de la Subgerencia de Gestión de Procesos, que contiene el informe en el que se señala que las modificaciones que se proponen han sido elaboradas acorde a los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, y estos no implican incremento de derechos de tramitación o requisitos, ni la creación de nuevos procedimientos, por el contrario, comprende la reducción de requisitos y plazos, por lo cual corresponde su aprobación; Con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, según Informe N° 972016-GPPR/MC y de la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° 277-2016-GAJ-MDC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y los considerandos expuestos; estando a las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con la visación del Subgerente de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, de los Gerentes de Planificación, Presupuesto y Racionalización, de Asuntos Jurídicos, de Desarrollo Económico, Secretaria General y del Gerente Municipal. SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado con Ordenanza N° 442/MC, a efectos de modificar los requisitos y plazos de los procedimientos de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones ITSE a cargo de la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, según el anexo adjunto que forma parte del presente Decreto y de conformidad con las consideraciones expuestas en el mismo, Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, así como a la Gerencia de Desarrollo Económico y Subgerencia de Promoción Empresarial, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; así como a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico su publicación en la página web de la Municipalidad (www.municomas.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadanoy Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), conforme a lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1405694-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Miraflores
ORDENANZA Nº 462/MM Miraflores, 20 de junio de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.