Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 229

El Peruano / Miércoles 27 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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El cuarto componente se refiere a la existencia de sistemas de información que brinden soporte a diversos procesos internos de la Universidad. Al respecto, la Universidad acreditó, tanto a nivel documentario como en la Visita, la existencia de los siguientes sistemas: (i) gestión económica y financiera; (ii) gestión docente; (iii) matrícula; (iv) registro académico. Adicionalmente cuenta con sistemas de: (v) aprendizaje virtual; (vi) gestión de biblioteca); y, (vii) pagos virtuales. En relación con el quinto componente, la Universidad presentó el "Reglamento de Admisión a los estudios de Pregrado" y el "Reglamento de Admisión de la Escuela de Posgrado", que incluye aspectos normativos para todos los programas de estudios y todas las modalidades, ambos aprobados por el Consejo Universitario. Asimismo, cuenta con estadística de admisión de ingresantes y postulantes por modalidad, programas y proceso de admisión del 2014 y 2015. En el sexto componente, la Universidad presentó el "Plan Estratégico 2014-2019" que describe 10 objetivos con sus actividades respectivas, y el "Plan de Funcionamiento 2016" que también describe 10 objetivos con sus acciones, órganos responsables, órganos de apoyo, resultados y plazos. La Universidad tiene un Comité de Calidad y Acreditación, con personal asignado, lo cual se evaluó a nivel documentario y también durante la Visita. CONDICIÓN II. OFERTA EDUCATIVA A CREARSE COMPATIBLE CON LOS FINES PROPUESTOS EN LOS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO La Condición II consta de los siguientes componentes: II.1 Creación de nuevas universidades y II.2 Creación de nuevos programas de estudio. Es pertinente señalar que los indicadores 9 al 13 de las CBC, correspondientes al primer componente, no son aplicables a la Universidad en tanto su cumplimiento es para universidades nuevas. Respecto al segundo componente, la Universidad declaró los siguientes nuevos programas: Maestría en Gestión Pública con doble certificación, Maestría en Gestión de Portafolios de Inversión, Maestría en Dirección de Personas, Maestría en Políticas Públicas, Maestría en Derecho Administrativo Económico, Maestría en Administración con Especialización en innovación y gestión de la Ciencia y Tecnología, Global Executive Master of Business Administration, y Doctorado en Gestión Estratégica. La justificación de los nuevos programas contiene un análisis de contexto, estudios de mercado, demanda y necesidad de cada programa, de acuerdo con las líneas de investigación de la Universidad. Asimismo, presentó la evaluación económica ­ financiera que contiene: flujo de ingreso, el flujo de egreso, el flujo de inversión, el flujo financiero, el análisis de financiamiento y las fuentes de financiamiento para los períodos proyectados. CONDICIÓN III: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO ADECUADO AL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES (AULAS, BIBLIOTECAS, LABORATORIOS, ENTRE OTROS) La Condición III tiene los siguientes componentes: III.1 Ubicación de locales, III.2 Posesión de locales, III.3 Seguridad estructural y seguridad en caso de siniestros, III.4 Seguridad de uso de laboratorios y talleres, III.5 Disponibilidad de servicios públicos, III.6 Dotación de servicios higiénicos, III.7 Talleres y laboratorios para la enseñanza, III.8 Ambientes para docentes, III.9 Mantenimiento de la infraestructura y equipamiento. La Universidad presentó los documentos solicitados como medios de verificación que acreditan el cumplimiento de los indicadores correspondientes a los mencionados componentes. Asimismo, en la Visita se constató lo declarado sobre los requerimientos de infraestructura y equipamiento adecuado para el cumplimiento de las funciones de la Universidad.

CONDICIÓN IV: LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN A SER DESARROLLADAS La Condición IV consta de tres componentes: IV.1 Líneas de investigación, IV.2 Docentes que realizan investigación y IV.3 Registro de documentos y proyectos de investigación. Con relación al componente líneas de investigación, la Universidad presentó los documentos denominados "Plan Estratégico 2014-2019" y el "Plan de Funcionamiento 2016" que contienen acciones para el desarrollo de la calidad educativa de la Universidad. Cuenta con un Centro de Investigación adscrito al Vicerrectorado de Investigación, cuyo responsable tiene el grado de doctor. Asimismo, cuenta con políticas de protección de la propiedad intelectual reflejadas en su "Reglamento del Fondo Editorial", su estatuto y el "Código de Ética para la investigación y Ley de Derechos de Autor". Respecto del componente "Docentes que realizan investigación", la Universidad declaró 100 docentes que realizan investigación, de los cuales cincuenta y tres (53) se encuentran registrados en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). Sobre el componente denominado "Registro de documentos y proyectos de investigación", la Universidad evidencia la existencia de un repositorio institucional donde se encuentran tesis, informes de investigación, publicaciones científicas, entre otros y además, se encuentra registrada en el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto ­ ALICIA, en el cual se evidencia 482 artículos de diferentes áreas académicas, 11 tesis de grado y 58 tesis de maestría. CONDICIÓN V: VERIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE PERSONAL DOCENTE CALIFICADO CON NO MENOS DE 25% DE DOCENTES A TIEMPO COMPLETO La Condición V consta de tres componentes: V.1 Existencia del 25% del total de docentes, como mínimo, a tiempo completo, V.2 Requisitos para el ejercicio de la docencia y V.3 Selección evaluación y capacitación docente. Sobre los profesores a tiempo completo, se verificó que de la totalidad de sus docentes que enseñan en programas conducentes a grado y que cumplen los requisitos exigidos por la Ley Universitaria, la Universidad cuenta con 104 docentes a tiempo completo, que representan el 28% del total de docentes declarados por la Universidad, por lo tanto, se da cumplimiento al indicador. Con relación a los requisitos para ejercer la docencia, la Universidad declaró en el Formato de Licenciamiento C9 que, del total de docentes calificados, 48 profesionales no ejercían la docencia al momento de entrada en vigencia de la Ley Nº 3220 y cuentan con grado académico de maestro o doctor, por lo que se da cumplimiento con el requisito señalado en el inciso 82.1 del artículo 82 de la Ley Universitaria. Asimismo, 327 profesionales eran docentes a la entrada de vigencia de la Ley Universitaria y sólo 91 docentes se encuentran en el plazo de adecuación conforme a la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada ley. La Universidad cuenta con un "Reglamento de docentes de pregrado", "Formatos de encuesta de evaluación de aprendizaje", "Procedimiento para la selección de personal docente de escuela de posgrado" y "Procedimiento para la evaluación docentes de escuela de posgrado", que regulan los mecanismos y/o procedimientos para la selección, evaluación periódica del desempeño y ratificación de sus docentes, incluyendo como criterio la calificación de los estudiantes. Además, la Universidad cuenta con un "Plan de capacitación docentes de pregrado" y un "Procedimiento para la capacitación docentes de posgrado", que regulan la capacitación de sus docentes.

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