Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2016 (29/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 29 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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e. El Comité de Administración solicita al Comité Especial la información necesaria sobre los procesos de Licitación Pública, urgencias u otras relacionadas con la adquisición de los insumos. f. Controlar las actividades de evaluación y selección de los insumos del programa en base a criterios de los valores nutricionales de los alimentos a proveer, condiciones de procesamiento, porcentaje de alimentos nacionales, experiencia y preferencias de los consumidores beneficiarios del Programa Vaso de Leche. g. Planificar, organizar, dirigir y coordinar los objetivos y lineamientos de política del Programa del Vaso de Leche Distrital. h. Planificar, organizar, dirigir y controlar en coordinación para los mecanismos de distribución mediante documentos o formatos adecuados para dicho fin. i. Lograr una adecuada infraestructura de adquisición, almacenamiento y distribución de tal manera de optimizar la prestación de servicios de este Programa Social. j. Los integrantes del comité ejercen funciones de acuerdo a lo que señalan las normas legales. k. La supervisión y evaluación se realiza durante todas las etapas del proceso que sigue el Programa, con la finalidad de garantizar que los beneficiarios reciban una atención de calidad, así como para medir el cumplimiento de los objetivos y metas que cada Comité planificó. l. Hacer cumplir los fines y objetivos del Programa de acuerdo a sus Leyes, Resoluciones y Convenios. m. Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche y sus modificaciones convenientes. DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN Artículo 8º.- PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION El Presidente del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche es el encargado de dirigir, supervisar y evaluar la adecuada conducción del Comité de Administración del Comité del Vaso de Leche dentro de la normativa vigente. Artículo 9º.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION Las funciones del Presidente del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche son las siguientes: a. Convocar y presidir las sesiones del Comité de Administración y proponer la agenda correspondiente. b. Velar por la aplicación de las normas legales vigentes y otras normas conexas dentro del PVL. c. Conducir, supervisar, y evaluar las actividades administrativas, económicas y financieras del PVL, velando por el cumplimiento de las políticas impartidas por la Alcaldía en permanente ejecución de las normas sobre la materia. d. Controlar, supervisar y evaluar el desarrollo de la prestación del servicio del PVL que brinda la municipalidad en su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones legales vigentes y órdenes impartidas por la Alcaldía. e. Ordenar el cumplimiento de los acuerdos del comité e informar a éste sobre el funcionamiento del PVL. f. Convocar a sesiones mensuales del Comité y disponer la agenda correspondiente. g. Fiscalizar y controlar el consumo de los insumos, así como la calidad de los mismos. h. Verificar la conformidad de los documentos sustentados de ejecución presupuestal y suscribir el informe a la Contraloría General de la República, previamente elaborado y firmado por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION Artículo 10º.- Derechos de los Miembros del Comité de Administración.- Son derechos de los miembros del Comité de Administración:

a) Participar con derecho a voz y voto en las Sesiones Extraordinarios y Ordinarias del Comité de Administración. b) Exigir el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos que emanen de las Sesiones del Comité de Administración. Artículo 11º.- Deberes de los Miembros del Comité de Administración.- Son derechos de los miembros del Comité de Administración: a) Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias que se convoquen, salvo excusa previa y por motivo justificado. b) Aceptar los cargos, funciones y responsabilidades que le confiera el Comité de Administración. c) Cumplir las Disposiciones emanadas por el Comité de Administración. d) Las opiniones, propuestas y actuaciones de los miembros del Comité de Administración, deben regirse por los Principios de Moralidad, Transparencia, Eficiencia, Trato Justo e Igualitario. e) Los miembros del Comité de Administración están prohibidos de orientar o inducir la adquisición de productos alimenticios con terminada marca o razón social. f) Emitir su voto en las sesiones con carácter obligatorio, y de ser el caso sustentar sus abstenciones. Los integrantes del Comité, son solidariamente responsables de su actuación, debiendo hacer constar en Acta sus divergencias, de ser el caso. DEL FUNCIONARIO MUNICIPAL Artículo 12º.- Funciones del miembro funcionario de la Municipalidad Son funciones del Miembro de la Municipalidad: a) Promover la implementación adecuada y saludable del local de almacenamiento y distribución de los alimentos del Programa Vaso de Leche. b) Participar en las asambleas y reuniones del Comité de Administración del Vaso de Leche. c) Planificar, programar y velar por la implementación adecuada y oportuna del Programa Vaso de Leche. d) Supervisar el preparado adecuado de los productos del programa, a través de evaluaciones al producto o comisiones conformadas por los miembros del Comité actuando en su representación el Secretario Técnico. e) Implementar los acuerdos y conclusiones a los que arriben en la asamblea y reuniones del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche. f) Implementar, dirigir y ejecutar los alcances de normas legales relacionadas a este programa. g) Programar en coordinación con la Secretaría Ejecutiva del PVL un conjunto de actividades socio cultural. h) Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones de base. i) Participar en las acciones y actividades del Programa Vaso de Leche. j) Exigir a la Secretaría Ejecutiva del PVL la fiscalización y uso adecuado de los alimentos del Vaso de Leche, de acuerdo a las normas vigentes, levantando en cada caso actas de verificación. k) Fiscalizar el cumplimiento de la distribución, el consumo y la calidad de los alimentos del vaso de leche. l) Velar por el funcionamiento óptimo del programa. m) Representar al Presidente en las reuniones del Comité cuando éste por la naturaleza de sus funciones no pudiese asistir. DE LAS REPRESENTANTES DE LA ORGANIZACIÓN DISTRITAL DEL VASO DE LECHE EN EL COMITÉ DE ADMINISTRACION Artículo 13º.- Funciones de las tres madres representantes del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche. Son funciones de las tres madres representantes de la organización ante el Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, elegidas democráticamente por sus bases:

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