Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2016 (29/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de julio de 2016 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4070-2016 Lima, 20 de julio de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. (en adelante, la Edpyme) para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1911-2012 de fecha 26.03.2012, se autorizó a la Edpyme la apertura de la agencia ubicada en la Av. Defensores del Morro Nº 522 - 526 Urb. Chorrillos, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, en sesión de Directorio de fecha 31.03.2016, se acordó el traslado de la referida agencia; Que, la Edpyme ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de dicha agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el traslado de la agencia ubicada en la Av. Defensores del Morro Nº 522 - 526, Urb. Chorrillos, distrito de Chorrrillos, provincia y departamento de Lima; a su nuevo local ubicado en la Av. Huaylas 704, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1409904-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA. VISTO; el Informe Nº 241-2016-SGOPCYCU-GDU/ MLV de fecha 05 de abril del 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, Informe Nº 107-2016-GDU/MDLV de fecha 21 de julio del 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Nº 420-2016-GAJMLV de la fecha 22 de julio del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Proveído Nº 1597-2016-GM-MLV de fecha 25 de julio del 2016, la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, tercer párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que el Artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 234-2016-MDLV, de fecha 29 de febrero del 2016, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 10 de marzo de 2016, se estableció otorgar beneficios y establecer los lineamientos necesarios para el procedimiento de regularización de edificaciones construidas sin licencia dentro de la jurisdicción del Distrito de La Victoria, que forma parte del Área de Tratamiento Normativo II; a fin de formalizar las edificaciones ubicadas en dicho sector, siempre y cuando cumplan con las normas que regulan las construcciones establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones, no contravengan los parámetros urbanísticos y edificatorios, así como los demás requisitos establecidos en el marco normativo urbanístico y edificatorio municipal, respecto al procedimiento para la obtención de la Licencia de Edificación en vía de Regularización; Que, en la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, se facultó al señor Alcalde de La Victoria para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza; y dictaminar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuación y correcta aplicación; Que, mediante Informe Nº 241-2016-SGOPCYCUGDU/MLV de fecha 04 de julio del 2016, la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano pone en conocimiento a la Gerencia de Desarrollo Urbano que con fecha 10 de marzo del 2016, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV cuya vigencia finaliza el 30 de abril del 2016, la cual establece beneficios y regula el Procedimiento de Regularización de Edificación sin Licencia en el Distrito de La Victoria, quedando muy poco tiempo para su difusión y aplicación efectiva, por lo que solicita ampliación de su vigencia hasta el 31 de octubre del 2016; Que, mediante Informe Nº 107-2016-GDU/MDLV de fecha 21 de julio del 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano da cuenta a la Gerencia Municipal lo manifestado por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control, siendo necesario la ampliación y/o prórroga de la vigencia de la Ordenanza, hasta el 31 de octubre del 2016; Que, mediante Informe Nº 420-2016-GAJ-MLV de fecha 22 de julio del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la expedición el Decreto de Alcaldía, que prorroga hasta el 31 de octubre del 2016 el plazo de acogimiento a los alcances de la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV, que establece "Beneficios y Regula

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 2342016-MDLV que establece "Beneficios y Regula el Procedimiento de Regularización de Edificaciones sin Licencia en el Distrito de La Victoria"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2016-ALC/MLV La Victoria, 25 de julio de 2016

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