Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2016 (29/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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TÍTULO II DESEMBOLSO DE RECURSOS DEL FISE

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de julio de 2016 /

El Peruano

Artículo 8.- Instrucción de Pago 8.1 En un plazo máximo de dos (2) días hábiles de publicado el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Semanal en la página web del FISE (www.fise.gob.pe), la Empresa Instaladora GNR o Concesionario presenta la factura correspondiente. 8.2 Dentro de los dos (02) días hábiles siguientes de recibida la factura, el Administrador FISE instruye al Fiduciario para que realice las transferencias a las cuentas previamente designadas por las Empresas Instaladoras GNR o el Concesionario. CAPÍTULO II DESEMBOLSO POR DERECHO DE CONEXIÓN Y ACOMETIDA Artículo 9.- Presentación de liquidaciones mensuales de Concesionarios El Concesionario consolida los gastos mensuales incurridos por derecho de conexión y acometida respecto de cada Usuario FISE de Gas Natural; y dentro de los primeros veinte (20) días del mes siguiente, remite al Administrador FISE una liquidación mensual, utilizando el Formato GNR-02 del Anexo 02. Artículo 10.- Elaboración Transferencia FISE - Mensual del Programa de

Artículo 5.- Esquema del proceso de desembolsos FISE 5.1 El proceso de desembolsos FISE se inicia con la presentación de la liquidación por parte de las Empresas Instaladoras GNR o los Concesionarios, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el presente procedimiento. El Administrador FISE consolida las liquidaciones, elabora los Programas de Transferencias FISE e instruye al fiduciario para que realice las transferencias a las Empresas Instaladoras GNR o Concesionarios, según corresponda. 5.2 Las Empresas Instaladoras GNR o los Concesionarios elaboran liquidaciones semanales por los gastos referidos al Servicio Integral de Instalación Interna, siempre que hayan suscrito convenio con el Administrador FISE de acuerdo con el procedimiento que éste establezca. Asimismo, los Concesionarios elaboran liquidaciones mensuales por los gastos incurridos por derecho de conexión y acometida. CAPÍTULO I DESEMBOLSO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE INSTALACIÓN INTERNA Artículo 6.- Presentación de liquidaciones 6.1 La Empresa Instaladora GNR o Concesionario, utilizando el Formato GNR-01 del Anexo 02, remite al Administrador FISE una liquidación semanal de los gastos incurridos por el Servicio Integral de Instalación Interna habilitadas, adjuntando los siguientes documentos: a. Copia del Acta de recepción de la instalación interna y del gasodoméstico acondicionado para el uso de gas natural según el modelo del Anexo 04, suscrita por el Usuario FISE de Gas Natural, en el cual se da cuenta que ha recibido la capacitación pertinente y se hace responsable del buen uso de los mismos. b. Copia del Acta de Habilitación de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de Osinergmin N° 099-2016OS/CD. c. Copia de certificado de garantía otorgado por la Empresa Instaladora GNR o Empresa Instaladora contratada por el Concesionario, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de Osinergmin N° 030-2016OS/CD. Artículo 7.- Elaboración Transferencia FISE - Semanal del Programa de

10.1 El Administrador FISE consolida las liquidaciones mensuales remitidas por los Concesionarios para elaborar el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Mensual. En caso de encontrar observaciones el Administrador FISE comunica al Concesionario para que éste las absuelva en el plazo de dos (02) días hábiles. 10.2 El Administrador FISE, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la liquidación mensual presentada por el Concesionario, elabora y aprueba el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Mensual, considerando las liquidaciones mensuales que no tengan observaciones o hayan sido subsanadas dentro del plazo señalado en el numeral precedente. Las liquidaciones mensuales subsanadas fuera del plazo mencionado son consideradas en el siguiente Programa de Transferencias FISE GNR ­ Mensual. Artículo 11.- Instrucción de Pago El Administrador FISE, una vez aprobado el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Mensual, dentro de los dos (02) días hábiles siguientes, instruye al Fiduciario para que realice las transferencias a la cuenta designada por el Concesionario. TÍTULO III RECAUDACIÓN DEL FINANCIAMIENTO FISE Artículo 12.- Esquema del proceso de recaudación del Financiamiento FISE 12.1 El proceso de recaudación del Financiamiento FISE se inicia con la presentación del Listado de Recaudación de los Usuarios FISE de Gas Natural por parte del Administrador FISE al Concesionario, para que éste realice la recuperación del Financiamiento FISE a través de los recibos emitidos por la facturación mensual del servicio de suministro de gas natural residencial. La recaudación del Financiamiento FISE será transferida por el Concesionario a la Cuenta Recaudadora GNR administrada por el Fiduciario. Para tal efecto el Concesionario adecúa su sistema comercial y/o sistema informático. 12.2 El Administrador FISE puede suscribir un contrato de recaudación con el Concesionario, dentro del marco previsto en el presente procedimiento. 12.3 Los costos en que incurra el Concesionario por las actividades establecidas en el presente procedimiento para las actividades de recaudación, son reconocidos de acuerdo con el procedimiento que Osinergmin apruebe para tal fin y serán reembolsados por el Administrador FISE.

7.1 El Administrador FISE, una vez recibida la liquidación semanal presentada por la Empresa Instaladora GNR o Concesionario, procede a su verificación. En caso de encontrar observaciones, comunica a la Empresa Instaladora GNR o Concesionario, según corresponda, para que sean absueltas en el plazo de dos (02) días hábiles. 7.2 El Administrador FISE, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presentación de la liquidación semanal presentada por la Empresa Instaladora GNR, elabora y aprueba el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Semanal, considerando las liquidaciones semanales que no tengan observaciones o hayan sido subsanadas dentro del plazo señalado en el numeral precedente. Las liquidaciones semanales subsanadas fuera del plazo mencionado serán consideradas en el siguiente Programa de Transferencias FISE GNR ­ Semanal. Para el caso de las liquidaciones semanales presentadas por el Concesionario, el Administrador FISE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la liquidación, elabora y aprueba el Programa de Transferencias FISE GNR ­ Semanal.

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