Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2016 (29/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de julio de 2016 /

El Peruano

Artículo 1º.- FINALIDAD: El presente reglamento tiene como finalidad normar las acciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, las cuales se circunscriben a coordinar, gestionar, supervisar y controlar la acciones para la ejecución del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, dentro de los límites establecidos en la Ley Nº27712 que modifica la Ley Nº 27470, asegurando una correcta organización administrativa y ejecutiva del Programa del Vaso de Leche. Artículo 2º.- JURISDICCION El ámbito jurisdiccional del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche es el Distrito de Lurigancho Chosica. Artículo 3º.- BASE LEGAL: El presente Reglamento se sustenta en la base legal siguiente: · Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Lurigancho ­ Chosica. · Ley Nº24059 ­ Creación del Programa del Vaso de Leche. · Ley Nº25307, promulgada el 12.02.1991. · Ley Nº27470 ­ Establece Normas Complementarias para Ejecución del Programa del Vaso de Leche. · Ley Nº27712 ­ Modifica la Ley Nº27470 y establece normas complementarias para la ejecución del PVL. · Resolución Ministerial Nº711-2002-SA/DM-MINSA, que aprueba la Directiva "Valores Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche". · Normas emanadas por la Contraloría General de la República. · Resolución Jefatural Nº 245-2001-INEI, publicado el 15.05.2011, que aprueba la Norma Técnica de Empadronamiento de Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche. · Resolución Jefatural Nº217-2006 que aprueba las normas técnicas sobre la remisión del resumen del empadronamiento del Programa del Vaso de Leche · Resolución Jefatural Nº182-79-INAP/DNR que aprueba las Normas Generales del Sistema de Racionalización. · Decreto de Urgencia Nº039-2008; dictan medidas para la determinación del presupuesto del Programa del Vaso de Leche correspondiente al año fiscal 2009, así como implementación del Registro Único de Beneficiarios. · Decreto Supremo Nº041-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº25307 que declara de prioritario interés nacional, la labor de los clubes de madres, comités del vaso de leche, comedores populares autogestionarios y otras organizaciones sociales de base. · Ley Nº27751, ley que elimina la discriminación de la personas con discapacidad por dependencia y/o física en Programas de Salud y Alimentación a cargo del Estado. · D.S. Nº083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento el D.S. Nº084-2004-PCM. TITULO II OBJETIVO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL VASO DE LECHE Artículo 4º.- ALCANCES Y OBJETIVOS Los alcances y objetivos del Comité de Administración son: a. El presente Reglamento tiene como objetivo de lograr la correcta utilización de los recursos asignados a la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica para el Programa Vaso de Leche. Así como establecer las disposiciones necesarias que aseguren las etapas de selección de beneficiarios, programación, almacenamiento

y distribución de los productos, capacitación, supervisión y evaluación correspondientes a la implementación del PVL. b. Desarrollar e implementar acciones orientadas a la capacitación de recursos financieros mediante convenios y proyectos con otros organismos públicos, privados nacionales o extranjeros. c. Velar por que la ración alimentaria diaria otorgada a los beneficiarios este acorde a los valores nutricionales establecidos en las normas técnicas vigentes. d. Promover con arreglo a la ley la participación de los beneficiarios y de la sociedad civil en apoyo al Programa del Vaso de Leche. e. Promover la participación de la comunidad, respetando la autonomía de las organizaciones reconociendo las que existen y promoviéndolas donde no hay. TITULO III DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION Artículo 5º.- COMITÉ DE ADMINISTRACION El Comité de Administración del Programa Vaso de Leche es el órgano responsable de la organización, conducción control supervisión y evaluación del período y oportuno proceso y seguimiento de las actividades del Programa del Vaso de Leche en el distrito de Lurigancho - Chosica y de lograr el objetivo de brindar alimentación complementaria a sectores de la población de escasos recursos dentro del marco de la Ley y sus normas. La vigencia de mandato de los integrantes del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche es de dos años, no pudiendo ser reelegidos en forma inmediata. La designación del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, será aprobada por Resolución de Alcaldía con acuerdo de consejo municipal. DE LA CONFORMACION DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION Artículo 6º.- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN El Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche esta integrado por: a. El Presidente quien es el Alcalde. b. Un (01) Funcionario de la Municipalidad. c. Un (01) Representante el Ministerio de Salud. d. Tres (03) Representantes de la Organización del Programa del Vaso de Leche elegidos democráticamente por sus bases, de acuerdo a sus estatutos. e. Un (01) Representante de la Asociación de Productores Agropecuarios de la Jurisdicción acreditado por el Ministerio de Agricultura. TITULO IV FUNCIONES GENERALES DEL COMITE DE ADMINISTRACION Artículo 7º.- FUNCIONES DEL COMITE DE ADMINISTRACION Las funciones específicas del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche son las siguientes: a. Planificar, organizar, dirigir y controlar en coordinación con la gestión de la administración del Programa del Vaso de Leche. b. El Comité de Administración coordina y aprueba con la SecretarÍa Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche el plan de los empadronamientos (2 veces al año) de los beneficiarios, para determinar la población objeto del Programa e informar dentro de los plazos establecidos a los Organismos autorizados. c. El Comité de Administración solicita al Secretario Ejecutivo del Programa Vaso de Leche, la información necesaria referente a la marcha del Programa del Vaso de Leche en las oportunidades que se requiera. d. Cumplir y hacer cumplir oportunamente el Plan Operativo del PVL aprobado por el Concejo Municipal, siendo responsables de sus objetivos y metas.

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