Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2016 (02/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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FE DE ERRATAS RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 090-16-IPEN/PRES

NORMAS LEGALES

Jueves 2 de junio de 2016 /

El Peruano

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de mayo de 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 133-2016/SIS Lima, 30 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe N° 032-2016-SIS-GNF-SGF-MLR con Proveído Nº 475-2016SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 010-2016-SISOGTI-US/ISLM con Proveído N° 205-2016-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando N° 312-2016-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 088-2016-SIS/OGAJJZE con Proveído N° 496-2016-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios, así como, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; Que, mediante "Convenio de Prestación de Servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, acordaron que el Banco a través de toda su red de oficinas a nivel nacional brinde el servicio integral de pago de subsidio por gastos de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por períodos anuales, pactada por las partes; Que, el Decreto Supremo N° 007-2012-SA, que autorizó al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio a nivel nacional; Que, conforme al numeral 6.2.2.3 de la Directiva Administrativa N° 001-2016/SIS/GNF-V.01, Directiva Administrativa que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS, dispone que "La Oficina General de Administración de Recursos, efectúa las fases para el trámite de pago (compromiso, devengado y girado) de las prestaciones económicas de sepelios. Emite la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente pagadora de entidad bancaria, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el SIS."; Que, con Memorando N° 312-2016-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nota N° 659 y N° 660 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio del mes de mayo de 2016 con cargo a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante el Informe N° 032-2016-SIS-GNFSGLP-MLR con Proveído Nº 475-2016-SIS-GNF de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la viabilidad de aprobar los pagos directos de las

Mediante Oficio Nº 035-16-IPEN/SEGE, el Instituto Peruano de Energía Nuclear solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Nº 090-16-IPEN/ SEGE, publicada en la edición del día 31 de mayo de 2016. DICE: VISTO: La renuncia presentada por el señor Wilfredo Astoni Mego Zapata al cargo de confianza de Director Ejecutivo del Instituto Peruano de Energía Nuclear ­IPEN, y; DEBE DECIR: VISTO: La renuncia presentada por el señor Wilfredo Astoni Mego Zapata al cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración del Instituto Peruano de Energía Nuclear ­IPEN, y; 1387232-1

OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Designan Director de Investigación y Desarrollo de la Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Evaluación de la ONAGI
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0166-2016-ONAGI-J Lima, 31 de mayo del 2016 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013IN, es potestad de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, designar y remover a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior; el Decreto Supremo N° 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al licenciado Hermaí Alfaro Roncal, en el cargo de Director de Investigación y Desarrollo de la Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Evaluación de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ KAREN ALATA RAMOS Jefa de la Oficina Nacional de Gobierno Interior 1387246-1

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