Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2016 (18/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 108

589922

NORMAS LEGALES

Sábado 18 de junio de 2016 /

El Peruano

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, propone la aprobación de la actualización del documento técnico denominado: Normas de Competencia del Extensionista Rural en Ganadería de Bovinos, el mismo que cumple con la validación de expertos en el tema; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 01 de junio 2016, mediante Acuerdo N° 0752016-CDAH, aprobó la actualización del documento mencionado precedentemente;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 075-2016-CDAH de sesión de fecha 01 de junio 2016, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó la actualización del documento técnico denominado: Normas de Competencia del Extensionista Rural en Ganadería de Bovinos, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1393580-2 Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-05-2016/DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios para las Áreas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Mayo de 2016 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices Unificados de Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de Mayo de 2016, que se indican en el cuadro siguiente:

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Índices Unificados de Precios para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de mayo de 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 206-2016-INEI Lima, 16 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e

Cod. 01 03 05 07 09 11 13 17 19 21 23 27 31 33 37 39 41 43 45 47 49 51

1 815,80 460,66 441,38 568,14 216,21 242,20 1174,50 594,03 648,88 462,57 414,16 720,02 393,06 851,81 289,51 428,47 392,16 695,64 313,79 544,12 298,57 262,28

2 815,80 460,66 220,33 568,14 216,21 242,20 1174,50 670,11 648,88 385,11 414,16 720,02 393,06 851,81 289,51 428,47 392,16 633,39 313,79 544,12 298,57 262,28

3 815,80 460,66 402,47 568,14 216,21 242,20 1174,50 717,21 648,88 408,40 414,16 720,02 393,06 851,81 289,51 428,47 392,16 862,41 313,79 544,12 298,57 262,28

4 815,80 460,66 597,94 568,14 216,21 242,20 1174,50 858,18 648,88 431,73 414,16 720,02 393,06 851,81 289,51 428,47 392,16 643,17 313,79 544,12 298,57 262,28

ÁREASGEOGRÁFICAS 5 6 Cod. 1 815,80 815,80 02 473,84 460,66 460,66 04 533,74 (*) 648,47 06 774,62 568,14 568,14 08 713,58 216,21 216,21 10 402,84 242,20 242,20 12 337,66 1174,50 1174,50 14 287,28 720,24 877,85 16 355,90 648,88 648,88 18 289,06 408,40 410,96 20 1396,46 414,16 414,16 22 367,30 720,02 720,02 24 246,59 393,06 393,06 26 365,21 851,81 851,81 28 614,50 289,51 289,51 30 465,00 428,47 428,47 32 463,41 392,16 392,16 34 385,83 933,89 892,77 38 422,43 313,79 313,79 40 377,79 544,12 544,12 42 284,48 298,57 298,57 44 364,46 262,28 262,28 46 487,43

2 473,84 915,54 774,62 713,58 402,84 337,66 287,28 355,90 289,06 1396,46 367,30 246,59 365,21 614,50 465,00 463,41 385,83 952,72 404,26 284,48 364,46 487,43

3 473,84 1024,25 774,62 713,58 402,84 337,66 287,28 355,90 289,06 1396,46 367,30 246,59 365,21 614,50 465,00 463,41 385,83 867,70 450,47 284,48 364,46 487,43

4 473,84 585,06 774,62 713,58 402,84 337,66 287,28 355,90 289,06 1396,46 367,30 246,59 365,21 583,29 465,00 463,41 385,83 568,27 330,73 284,48 364,46 487,43

5 473,84 338,73 774,62 713,58 402,84 337,66 287,28 355,90 289,06 1396,46 367,30 246,59 365,21 614,50 465,00 463,41 385,83 (*) 272,89 284,48 364,46 487,43

6 473,84 759,28 774,62 713,58 402,84 337,66 287,28 355,90 289,06 1396,46 367,30 246,59 365,21 614,50 465,00 463,41 385,83 677,62 331,41 284,48 364,46 487,43

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.