Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2016 (24/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 24 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590701

CONSECUENTEMENTE, EN APLICACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 28212, EN CONCORDANCIA CON EL DECRETO DE URGENCIA Nº 038-2006, MODIFICATORIA DE LA LEY Nº 28212; ASIMISMO EL DECRETO SUPREMO Nº 025-2007-PCM; NORMA ACORDE CON LO SEÑALADO EN LA LEY Nº 27972, LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES. SE ACUERDA: Artículo Único.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo 4º del Acuerdo de Concejo Nº 005-16-MCPSMH de fecha 12 de mayo del 2016; quedando inalterable en lo demás que contiene. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1395746-1

Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de Villa El Salvador al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina de General de Administración y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1396023-2

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Disponen el empadronamiento de sepulturas y nichos en el Cementerio Municipal
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2016-MVMT Villa María del Triunfo, 13 de mayo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorándum Nº 178-2016-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº196-2016-MVMTGAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 011-2016-GSCGA/MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, el Informe Nº 019-2016-SGRCC-GSCyGA/MVMT de la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ; Que, mediante Resolución Nº 090-2007-SBN-GOJAD de fecha 31.07.2007, expedida por la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Resolución Nº 065-2014/SBN-DGPESDAPE de fecha 26.02.2014, se dispuso aprobar la transferencia de propiedad a título gratuito y la transferencia mediante afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el terreno del Cementerio Municipal "Virgen de Lourdes" de un área total de 630,330.09 m2, cuya inscripción registral de Propiedad obra en la Partida Nº 11843036 y PO3269989 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Lima, de la Zona Registral Nº IX SEDE LIMA (SUNARP); Que, el numeral 1) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Alcalde "Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos"; Que, los cementerios son aquellos lugares destinados a la inhumación de cadáveres y/o conservación de restos humanos o cenizas provenientes de la incineración de éstos; Que, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley Nº 26298, Ley de Cementerio y Servicios Funerarios, se encuentra facultada para regular los procedimientos de los servicios funerarios que presta en consideración

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Designa responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 508-2016-ALC/MVES Villa El Salvador, 15 de junio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS, memorando Nº 892-2016-GM/MVES cursado por la Gerencia Municipal, el informe Nº 060-2016-OGA/ MVES emitido por la Oficina General de Administración, y el informe Nº 394-2016-UGRH-OGA/MVES emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza Nº 339-MVES, se aprueba la estructura orgánica y el reglamento de organización y funciones con enfoque de gestión por resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, para que se cumpla a cabalidad con los objetivos y fines que la ley le confía, a través de los órganos y unidades orgánicas respectivas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, disposición reglamentaria de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, en su artículo 2º establece que, todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, así como, la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, la misma que debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el diario oficial; Que, mediante informe de vistos, la Gerencia Municipal propone se designe a partir de la fecha a la servidora, Gladys Edith Díaz Romero, Subgerente de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de Villa El Salvador al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a GLADYS EDITH DÍAZ ROMERO, Subgerente de la Unidad de Gestión de

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