Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2016 (24/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Viernes 24 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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jurisdicciones, la cual compete la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Art. 73º de la Ley Nº 27972, asimismo, dicha Ley Orgánica en su Art. 79º establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento, Territorial; concordante con el numeral 40.1 del Art. 40º del Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA; Que, el procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonificación, son procedimientos administrativos contemplados en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante el cual se permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándole una zonificación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos; Que, el Art. 40º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, establece que es de competencia exclusiva de la Municipalidad Provincial respecto a la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, en este orden de ideas, el Art. 49º del citado cuerpo normativo, señala que el Consejo Municipal Provincial, es competente para aprobar las modificaciones y/o actualizaciones a los planes que corresponda, considerando que las modificaciones deben ser, en procura de un óptimo beneficio para la comunidad. Tales modificaciones y/o actualizaciones pueden versar sobre "Plan de Acondicionamiento Territorial"; "Plan de Desarrollo Metropolitano" y "Plan de Desarrollo Urbano" Que, la modificación y/o actualización al Plan de Desarrollo Urbano, se define en el literal 3, numeral 3 del Art. 49º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, la misma que expresa: "Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan"; Que, el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado por Ordenanza Nº 006-95-MPC y modificado por Ordenanza Nº 026-2002-MPC, señala que la zonificación que le corresponde al predio es de U.A. (Uso Agrícola), dicha zonificación se corrobora en el Certificado de Zonificación y Vías, otorgada por la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, mediante Informe Legal Nº 142-2016-GAJ-MPC de fecha 29 de marzo del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina: 1) Que, es procedente la solicitd de modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través de los procedimientos administrativos de Anexión del Área Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por la Empresa UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS S.A.A. de los predios ubicados en la Parcela E-2 lotes 09 y 22, Parcelación Rústica Huertos de Oro de San Hilarión y Pampas y Hoyadas de Calanguillo, en la jurisdiccion del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, lote 9 inscrita con Partida Registral Nº 21193744 y lote 22 inscrita con Partida Registral Nº 21193746 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima ­ Oficina Registral Cañete, departamento de Lima, con un área de 10,000 m2 cada lote, en mérito a lo señalado en el Informe Nº 154-2016-JVAH-SGOP-GODUR-MPC; Que, con Dictamen Nº 09-2016-CODUR-MPC de fecha 13 de mayo del 2016, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca a través de los procedimientos administrativos de Anexión del Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitada por la Empresa Unión Andina de Cementos S.A.A. de los predios ubicados en la Parcela E2 lotes 09 y 22, Parcelación Rústica Huertos de Oro de San Hilarión y Pampas y Hoyadas de Calanguillo, en la jurisdiccion del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, lote 9 inscrita con Partida Registral Nº 21193744 y lote 22 inscrito con Partida Registral Nº 21193746, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima ­ Oficina Registral Cañete, con un área de 10,000 m2 cada lote en mérito a lo señalado en el Informe Nº 154-2016-JVAH-SGOPGODUR-MPC; la zonificación propuesta es Zonificación

Industrial I3, Gran Industria y cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente:
Lote Altura Coeficiente Frente Actividad Mínimo de Edifi- de EdifiMínimo (m2) cación cación 2500 m2 30.00 m Área Libre

Zonificación Molesta Gran con cierto Industria grado de (I3) peligrosidad

Según Según Según Proyecto Proyecto Proyecto de de Habilide Habilitación Habilitación tación Urbana Urbana Urbana

Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica, con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; se aprobó la Siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA, A TRAVÉS DE LA ANEXIÓN AL AREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CHILCA, PARA LOS PREDIOS DE PROPIEDAD DE UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS S.A.A., EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través de la Anexión al Area Urbana y Asignación de Zonificación del distrito de Chilca, para los predios de propiedad de UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS S.A.A., de los predios inscritos en la Partida Registral Nº 21193744 y Nº 21193746, respectivamente,de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete, Parcela E2 lotes 09 y 22, Parcelación Rústica Huertos de Oro de San Hilarión y Pampas y Hoyadas de Calanguillo, en la jurisdicción del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, siendo la zonificación propuesta por el administrado, INDUSTRIAL I3 Gran Industria (molestas y con cierto grado de peligrosidad), cuyos parámetros normativos los que se indican en el cuadro siguiente: Zonificación Industrial I3
Lote Altura Coeficiente Frente Mínimo de de Mínimo (m2) Edificación Edificación Área Libre

Actividad Zonificación Gran Industria (I3)

Molesta Según Según Según con cierto Proyecto de Proyecto de Proyecto de 2500 m2 30.00 m grado de Habilitación Habilitación Habilitación peligrosidad Urbana Urbana Urbana

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, la lámina PZ.-01 y la Memoria justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub-Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Chilca, incorpore el Plano de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática, la presente ordenanza sea publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete y en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1396359-1

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