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590696 NORMAS LEGALES Viernes 24 de junio de 2016 / El Peruano En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”, lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y el artículo 15° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que “Aprueban lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo”. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los Derechos de Tramitación del servicio y procedimiento de copia simple y certi fi cada o fedateada en el Tarifario Único y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 866 y 1747-2015-MP-FN respectivamente, conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina Central de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Ministerio Público, así como en el Portal de Transparencia del Estado Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER que los Presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, a través de los Administradores de su jurisdicción o Gerentes Administrativos respectivos, publiquen en un lugar visible la modi fi cación de los servicios aprobados en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente Resolución y de sus Anexos al Tribunal Constitucional y a la Defensoría del Pueblo, así como a los Presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de la República, Gerencia General, Gerencia Central de Finanzas, O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica y a la O fi cina Central de Tecnologías de la Información, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1396605-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Efectiva S.A. el cierre temporal de oficina especial en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3269-2016 Lima, 9 de junio de 2016LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Financiera Efectiva S.A. para que se le autorice el cierre temporal de una (01) O fi cina Especial, según se detalla en la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. el cierre temporal por cuatro meses de una (01) O fi cina Especial, según se detalla a continuación: Denominación Dirección Distrito Provincia Departamento Comas Tiendas EfeAv. Túpac Amaru Nº 4101 Urb. San Agustino Comas Lima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1395754-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca S.A. la apertura de una agencia ubicada en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 3273-2016 Lima, 10 de junio de 2016EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La solicitud de autorización presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia en el departamento de La Libertad, el traslado de tres agencias ubicadas en el departamento de Cajamarca y la conversión a agencia de una oficina especial permanente ubicada en el departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1437-2005 se aprobó la apertura de una o fi cina especial ubicada en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Posteriormente, con Resolución Nº 5915-2009 se aprobó su conversión a agencia, y mediante Resoluciones Nº 15788-2009, Nº 5165-2013 y Nº 6441-2013 se aprobaron sus traslados posteriores; Que, mediante Resolución SBS Nº 12415-2009 se aprobó la apertura de una o fi cina especial permanente ubicada en el distrito y provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca. Posteriormente, mediante Resoluciones Nº 4691-2010 y Nº 4856-2013 se aprobaron sus posteriores traslados, y con Resolución Nº 4973-2013 se aprobó su conversión a agencia; Que, mediante Resolución SBS Nº 6440-2013 se aprobó la apertura de una o fi cina especial permanente ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca. Posteriormente, con resolución Nº 4884-2014, se aprobó su traslado; Que, en sesión de Directorio de fecha 19.04.2016, se aprobó la apertura, conversión y traslado de las citadas ofi cinas ubicadas en los departamentos de La Libertad y Cajamarca; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por los procedimientos Nº 11, 12 y 13 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”;