Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 14.1 del artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068, señala que el Procurador Público Ad Hoc, asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, mediante Resolución Suprema Nº 064-2016JUS de fecha 20 de abril 2016, se designa a la señora abogada Sara Evelyn FARFÁN CUBA, como Procuradora Pública Ad Hoc, para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado Peruano, en las acciones legales iniciadas o las que se inicien en la demanda laboral presentada por la señora Luz María del Carmen SIALER PASCO ante el Juzgado de lo Social N° 19 de Madrid ­ Reino de España, en contra del Estado Peruano representado en la Agregaduría de Defensa y Militar de Perú en dicho país (Expediente NIG: 28.079.00.42015/0037959); Que, con Oficio N° 003-2016-PPADHOC/SIALERESPAÑA, de la Procuradora Pública Ad Hoc, la señora abogada, Procuradora Pública Ad Hoc, se dirige al señor Ministro de Justicia, a fin de poner en conocimiento el informe técnico Nº 001-2016-PPADHOC/SIALERESPAÑA de fecha 17 de mayo de 2016, mediante el cual se señalan los motivos por los cuales se está solicitando la reprogramación de la fecha de audiencia en la demanda laboral interpuesta por la señora Luz María del Carmen SIALER PASCO, Secretaria y Contadora de la Agregaduría Militar del Perú en España, ante el Juzgado de lo Social N° 19 de Madrid ­ Reino de España, programada para el 07 de junio de 2016; Que, con Hoja de Recomendación Nº 110 W-c.3 de fecha 27 de octubre de 2016, el Comandante General del Ejército, aprobó la asignación de pasajes y viáticos para la señora abogada Sara Evelyn FARFAN CUBA, Procuradora Ad Hoc, para que viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, a fin de coordinar la defensa en la demanda laboral en contra del Ejército del Perú en el Juzgado en lo Social N° 19, ciudad de Madrid ­ Reino de España; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos Internacionales y con el fin de prever la reunión con el Abogado Javier SANCHEZ CLEMENTE, para efectos de preparar la defensa técnica del Estado ­ Ejército del Perú y encaminar de ser factible la posible conciliación con la señora Luz María SIALER PASCO, conforme al Plan de Trabajo presentado por la Procuradora Pública Ad Hoc, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno uno (01) día después de terminadas las actividades, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y,

Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la señora abogada Sara Evelyn FARFAN CUBA, identificada con DNI N° 32933908; Procuradora Pública Ad Hoc, en la demanda laboral interpuesta por la señora Luz María del Carmen SIALER PASCO, Secretaria y Contadora de la Agregaduría Militar del Perú en España, ante el Juzgado de lo Social N° 19 de Madrid ­ Reino de España (Expediente NIG: 28.079.00.4-2015/0037959),con el objeto de prever una reunión con el Abogado Javier SANCHEZ CLEMENTE, para efectos de preparar la defensa técnica del Estado ­ Ejército del Perú y encaminar de ser factible la posible conciliación con la citada demandante, conforme al Plan de Trabajo presentado por la citada funcionaria, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 03 al 09 de julio de 2016, autorizando su salida del país el 02 de julio y su retorno el 10 de julio de 2016. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016 de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: (Ida y Vuelta) Lima ­ Madrid (Reino España) - Lima - (Clase económica) US $ 1,200.00 x 01 persona (Incluye TUA) US $ 1,200.00 Viáticos US $ 540.00 x 07 días x 01 persona (03 Jul ­ 09 Jul 16) Total a pagar

US $ 3,780.00 ---------------------US $ 4,980.00

Artículo 3º.- El otorgamiento de los viáticos por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, con cargo al respectivo presupuesto institucional, para el Año Fiscal 2016. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- La señora abogada Procuradora Pública Ad Hoc, deberá cumplir con presentar un informe al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1398360-19

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