Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

591145

CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la lengua del pueblo shiwilu de la familia lingüística Cahuapana o Kawapana
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 073-2016-VMPCIC-MC Lima, 23 de junio de 2016 VISTOS, el Informe Nº 000156-2016/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de fecha 08 de junio de 2016, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y el Informe Nº 000228-2016/ DGPC/VMPCIC/MC de fecha 09 de junio de 2016, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b del artículo 7 de la Ley Nº 29565 dispone que es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, dentro del marco legal descrito en los párrafos precedentes, el numeral 55.8 del artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala como una de las funciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la de evaluar las solicitudes para la declaratoria de patrimonio cultural inmaterial de la Nación y emitir la opinión técnica sobre su viabilidad; Que, mediante Informe Nº 000288-2016/DGPC/ VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe Nº 000156-2016/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de fecha 8 de junio de 2016, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial y eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente técnico, recomendando la declaratoria de la lengua del pueblo shiwilu, de la familia lingüística Cahuapana o Kawapana, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el pueblo shiwilu habita principalmente en el departamento de Loreto, entre los ríos Marañón y Huallaga. Según la Base de datos de Pueblos Indígenas u Originarios, ha sido también conocido como jebero, denominación que luego fue empleada para dar nombre al distrito del departamento de Loreto; sin embargo, sus propios miembros prefieren la denominación shiwilu, con la que también se refieren a su lengua originaria; Que, los especialistas han señalado que en la actualidad serían muy pocos los hablantes de la lengua shiwilu; no obstante, la pérdida progresiva del idioma originario no ha significado la pérdida de su identidad. Por el contrario, es notable el proceso de fortalecimiento de

su identidad, el cual se hizo manifiesto durante la década de 1990 con la creación de un grupo de teatro con el fin de interpretar obras basadas en la tradición oral shiwilu y con la conformación de la Federación de Comunidades Nativas de Jeberos; Que, los documentos históricos consultados mencionan que Jeberos fue la capital de Maynas y que, desde su fundación, los españoles y religiosos que llegaron a esta zona tuvieron una relación de cordialidad y cooperación con el pueblo shiwilu. Muchas de sus actuales expresiones de religiosidad se relacionan con las fiestas católicas, debido a la poderosa influencia de las misiones. Incluso la fiesta principal del distrito es en honor a Santa Rosa de Lima, el 30 de agosto, fiesta en la que danzan pandillas y se comparte con la bebida tradicional a base de yuca y maíz, denominada Chicha Punta; Que, a partir de la información recogida, se ha podido establecer que hacia el siglo XVII, con las primeras expediciones a la zona, la población shiwilu alcanzaba aproximadamente los seis mil individuos. Sin embargo, el impacto de los primeros colonos se vio en la población aborigen que habría disminuido a tres mil quinientos y cinco mil individuos identificados como shiwilu. Según la tradición oral, las grandes pestes, como la viruela o la gripe, mermaron considerablemente a la población. Así, en el periodo republicano y debido a los conflictos con otros pueblos y con los colonos que llegaban a la zona para reclutar peones para el caucho, la población shiwilu se redujo considerablemente; Que, de acuerdo con los estudios técnicos especializados, la lengua shiwilu es parte de la familia lingüística Cahuapana o Kawapana, que está integrada por dos idiomas: el shiwilu y el shawi, también conocidos como jebero y chayahuita, respectivamente. Sus más de 25,000 hablantes habitan, según cifras del Ministerio de Cultura, en las provincias de Alto Amazonas y Datem del Marañón, departamento de Loreto, así como en la provincia de San Martín, en el departamento del mismo nombre, siendo el shawi el más vital en términos del habla; Que, aunque el shiwilu y el shawi son muy cercanos desde el punto de vista léxico y estructural, no existe inteligibilidad mutua entre ellos. Aplicando el método léxico-estadístico automatizado de Holman, se ha estimado que estas lenguas se habrían separado aproximadamente hace 1200 años, lo cual indicaría que el shiwilu existe como lengua a partir de fines del primer milenio de la era cristiana; Que, una característica de importancia para la ciencia lingüística es que en el inventario fonológico shiwilu existe una consonante muy peculiar que no habría sido identificada en otra lengua del mundo. Se trata de la aproximante alveolar /ð/, muy frecuente en shiwilu. Otros rasgos sobresalientes son el uso persistente de la consonante oclusiva glotal, que puede aparecer varias veces en una misma palabra y presenta un comportamiento especial en la combinación de morfemas, así como la distinción fonológica entre una vibrante simple y otra glotalizada. Esta última característica también la encontramos en algunas lenguas chibcha del norte colombiano; Que, en el análisis gramatical de esta lengua sobresalen el sistema de clasificadores cuya función principal es la generación de vocabulario, el morfema de difunto ­ku' y la existencia de varias formas alternativas de expresar la posesión. Pero la mayor complejidad la encontramos en el verbo, que dispone de varios afijos tipológicamente inusuales, entre ellos el sufijo ­tu, que puede agregar o restar un objeto a la cláusula; Que, la lengua del pueblo shiwilu, tiene rasgos estructurales que sugieren antiguas relaciones de contacto con las lenguas centro-andinas y que, por lo tanto, pueden ayudar a develar aspectos importantes del pasado de los pueblos de la región, especialmente la existencia de relaciones fluidas entre pueblos andinos y amazónicos que se habrían visto interrumpidas con la Conquista. Así lo demostrarían la presencia de las consonantes palatales /, /, la sonorización de /p, t, k, t / tras nasal, el fono-simbolismo de la palatalidad, el sistema de cuatro personas vigente y los sufijos verbales de interacción sujeto > objeto. Estas, y otras propiedades más complejas, son compartidas con las lenguas de las

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