Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1398360-9

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 180 - CENFOTUR, para el año fiscal 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 125-2016-CENFOTUR/DN Barranco, 24 de junio de 2016 VISTO: El Memorándum N° 988-2016-DEE, de la Dirección de Extensión Académica y el Informe Técnico N° 032-2016OPPD/UP, de la Unidad de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y mediante Resolución Directoral N° 166-2015-CENFOTUR/DN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2016, del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR; Que, mediante Memorándum N° 846-2016-DEE, la Dirección de Extensión Educativa remite el Convenio N° 01-2016; Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 01 suscrito entre el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR de fecha 30 de mayo de 2016; asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 117-2016-TR, se aprueban las transferencias financieras del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor de las entidades ejecutoras, hasta por la suma de S/ 1 097 950.00 (Un millón noventa y siete mil novecientos cincuenta y 00/100 soles) en el marco de los convenios suscritos con la Universidad Nacional del Callao y con el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR; Que el numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobadas mediante resolución del Titular de la Entidad; Que el acápite ii) del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01y modificada por la modificada por la Resolución Directoral N° 022-2011EF/50.01, prevé que las modificaciones presupuestarias a nivel institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.12 del art. 42° de la Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto, proceden cuando se trate de recursos provenientes de saldos de balance y donaciones y transferencias; Que, es necesario realizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del año 2016, a favor del Pliego 180 ­ CENFOTUR, hasta por la suma de S/ 757 950.00 (Setecientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y 00/100 soles); proveniente de las transferencias financieras del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", detallados en el Anexo que forma parte integrante de la Resolución; Con la visación de la Secretaría General, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR, y Resolución Ministerial N° 1172016-TR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 180 ­ CENFOTUR, para el año fiscal 2016, hasta por la suma de Setecientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y 00/100 soles (S/ 757 950.00), de acuerdo al siguiente detalle:
En soles INGRESOS FTE. FTO. 1.4 1.4.1 1.4.1.3 1.4.1.3.1.1 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : : : : : 4 Donaciones y Transferencias Donaciones y Transferencias Donaciones y Transferencias Corrientes De Otras Unidades de Gobierno Del Gobierno Nacional 757,950.00 757,950.00 757,950.00 757,950.00 757,950.00 757,950.00

: :

CATEGORÍA PRESUPUESTAL : ACTIVIDAD GASTO CORRIENTE

GOBIERNO CENTRAL 180 Centro de Formación en Turismo 001 Centro de Formación en Turismo Asignaciones Presupuestales que 9002 Resultan en Productos

757,950.00 757,950.00 757,950.00 no 757,950.00 757,950.00 757,950.00 757,950.00

: 5000538 Capacitación y Perfeccionamiento 2 3 Bienes y Servicios TOTAL UNIDAD EJECUTORA

Artículo Segundo.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida. Artículo Tercero.­ La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes notas para modificación presupuestaria que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo Cuarto.­ Copia de la presente Resolución Directoral se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo Quinto.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MADELEINE BURNS VIDAURRAZAGA Directora Nacional Centro de Formación en Turismo 1397804-1

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