Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de junio de 2016 /

El Peruano

permite el cambio de dirección y distribución de los cables. 13. Canalización. Apertura del suelo o pavimento cuyo objetivo es la instalación de un nuevo servicio en el subsuelo o la sustitución de una ya existente. En su trayecto se construyen cámaras, buzones, estaciones de regulación, se instalan válvulas, postes, etc. 14. Catastro de redes de servicios públicos. Registro organizado de toda la infraestructura de las redes de servicios públicos en una base cartográfica georeferenciada, que incluyen ductos, conductos, cámaras, postes, cableado aéreo y subterráneo, y todas las instalaciones que son utilizadas para prestar el servicio público requerido. 15. Certificado de Conformidad de Obra. Documento que otorga la municipalidad a través del cual certifica la conclusión de la obra autorizada luego de constatar el cumplimiento del proyecto y de las especificaciones técnicas, así como la eliminación del desmonte o material excedente y la reposición de la infraestructura y mobiliario preexistente. 16. Concesión. Otorgamiento de la ejecución y explotación de determinadas obras de infraestructura o la prestación de determinados servicios por un plazo establecido. 17. Concreto. Mezcla de material aglomerante y agregados fino y grueso. En algunos casos, se agregan aditivos para proporcionarle cualidades que no poseen y, en otros, para mejorar los que poseen. 18. Concreto armado. Concreto que tiene armadura de refuerzo y en el cual tanto el acero y el concreto actúan juntos para resistir esfuerzos. Para la presente norma son consideradas estructuras de concreto armado las cámaras, buzones, subestaciones eléctricas subterráneas, etc. 19. Conexión domiciliaria. Conexión de un servicio público a un predio urbano o a un espacio público determinado, desde la red principal hasta la fachada o vereda adyacente, que incluye o no la instalación de un elemento de control o registro de consumo del servicio. 20. Contratista. Proveedor que celebra un contrato con una entidad del Estado. 21. Cunetas. Canales abiertos construidos lateralmente a lo largo de la carretera, con el propósito de conducir los escurrimientos superficiales y subsuperficiales procedentes de la plataforma vial, taludes y áreas adyacentes a fin de proteger la estructura del pavimento. 22. Ejecución conjunta de obras. Cuando dos o más obras se realizan al mismo tiempo en una misma vía pública. 23. Ejecución continúa de obras. Cuando dos o más obras no pueden realizarse simultáneamente o en conjunto por cuestiones técnicas, pero sí pueden articularse de modo tal que, al término de una obra, empiece inmediatamente la siguiente. 24. Ejecución en traslape de obras. Cuando dos o más obras puedan realizarse por cuestiones técnicas en periodos diferentes, pero la segunda obra empieza antes que termine la primera obra. 25. Especificación técnica. Parte del expediente técnico en el que se detallan la descripción de los trabajos, los materiales, los equipos y procedimientos de construcción, el control de calidad, la medición y la forma de pago. 26. Estacionamiento. Espacio pavimentado destinado al aparcamiento vehicular. 27. Infraestructura vial pública. Todo camino, arteria, calle o vía férrea, incluidas sus obras complementarias, de carácter rural o urbano de dominio y uso público. 28. Intervención. Es la obra, trabajo u operación ejecutada en las áreas de dominio público a cargo de las empresas prestadoras de servicio, con la finalidad de ampliar, mantener, refaccionar o reparar su infraestructura. 29. Mantenimiento de redes. Trabajo realizado por las empresas públicas, privadas y mixtas prestadoras de servicios públicos, dentro de una programación, que tienen el objeto de mantener en buen estado las redes y conexiones domiciliarias. 30. Manual de reposición de pavimentos. Documento técnico y explicativo que establece los procedimientos

constructivos, parámetros técnicos, distancias de seguridad y tiempos de ejecución por partidas incluyendo las pruebas que se realizan, desde el inicio hasta el final de la intervención, para la correcta reposición de los pavimentos afectados por las empresas privadas, mixtas y públicas prestadoras de servicios públicos. 31. Mobiliario urbano. Conjunto de elementos instalados en ambientes de uso público, destinado al uso de las personas. 32. Obra. Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras y puentes, entre otros, que requieren obras civiles así como dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales o equipos. 33. Obras de drenaje. Conjunto de obras que tienen por fin controlar y/o reducir el efecto nocivo de las aguas superficiales y subterráneas sobre la vía, tales como: alcantarillas, cunetas, badenes, subdrenes, zanjas de coronación y otras de encauzamientos. 34. Pavimento. Estructura construida sobre la subrasante de la vía, para resistir y distribuir los esfuerzos originados por los vehículos y mejorar las condiciones de seguridad y comodidad para el tránsito. Por lo general, está conformada por las siguientes capas: subbase, base y rodadura. 35. Pista o calzada. Parte de una vía destinada al tránsito de vehículos, compuesta por uno o más carriles. No incluye la berma. 36. Poste. Elemento de concreto armado, madera u otro material que soporta la red aérea de telecomunicaciones o electricidad. 37. Puesto de Medición Intemperie (PMI). Es un armado más de la línea aérea, y no se debe considerar como una subestación eléctrica aérea. 38. Reconstrucción. Renovación completa de una obra de infraestructura vial, previa demolición parcial o completa de la existente, pudiendo modificarse sus características originales. 39. Red vial metropolitana. Conjunto de vías que sirven directamente al área urbana metropolitana. 40. Reposición. Acción y efecto de reponer a su estado original o en mejor condición las áreas de dominio público afectadas por las obras de las empresas prestadoras de servicio público. 41. Señalización de obra. Sistema de avisos que permite advertir una actividad o situación determinada, suministrando una indicación, una obligación relativa a la seguridad o la salud en el perímetro y área de influencia de la obra o intervención, mediante un cartel de identificación que contenga un color, una señal luminosa, una señal acústica, una comunicación verbal o señal gestual. 42. Servicio público. Servicio de interés general cuyo uso está a disposición del público a cambio de una contraprestación tarifaria, sin discriminación alguna, y dentro de las posibilidades de oferta técnica que ofrecen los operadores. 43. Servicio público local. Aquel que está contenido en el numeral 2 del artículo 73 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 44. Sistema de Utilización. Conjunto de instalaciones eléctricas de media tensión, que comprende desde el punto de entrega hasta los bornes de baja tensión del transformador, destinado a suministrar energía eléctrica a un predio. Estas instalaciones pueden estar ubicadas en la vía pública o en propiedad privada, excepto la subestación, que siempre deberá instalarse en la propiedad del interesado. Se entiende que queda fuera de este concepto las electrificaciones para usos de vivienda y centros poblados. 45. Subbase. Capa que forma parte de la estructura de un pavimento que se encuentra inmediatamente por debajo de la capa de base. 46. Subestación. Conjunto de instalaciones, incluyendo las eventuales edificaciones requeridas para albergarlas, destinado a la transformación de la tensión eléctrica y al seccionamiento y protección de circuitos eléctricos. 47. Trabajo de emergencia. Trabajo correctivo, para restablecer la prestación de los servicios públicos

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