Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2016 (02/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Miércoles 2 de marzo de 2016 /

El Peruano

archivística que unifica los criterios para el proceso de formulación, ejecución y evaluación de los Planes de Trabajo de los Archivos de las Entidades de la Administración Pública; Que la referida directiva establece en su artículo V numeral 5.2 que el Plan Anual de Trabajo del órgano de Administración de Archivos debe contener los siguientes aspectos: alcance, realidad archivística institucional, política institucional, objetivos generales, objetivos específicos, programación de actividades y presupuesto; asimismo, en el numeral 5.3 de la citada norma se establece que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos debe ser aprobado por resolución de la más alta autoridad o cargo equivalente dentro de la entidad, y sea remitido al Archivo General de la Nación en el mes de febrero de cada año; Que en mérito a ello, mediante el documento de vistos, la Oficina de Administración de Archivos de la Secretaría General del RENIEC, conforme a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), solicita la aprobación del "Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2016"; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante los documentos de vistos señala que el "Plan Anual de Trabajo de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2016", ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido por la Directiva N° 003-2008AGN/DNAAI (03SET2008), referida a las "Normas para la Formulación y Aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos de las Entidades de la Administración Pública"; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2016", que en anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2016, sea remitido al Archivo General de la Nación. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1351111-1

La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina especial ubicada en el departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 23 de setiembre de 2015, se acordó la apertura de la referida oficina especial; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la apertura de la referida oficina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 625-2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Proempresa S.A., la apertura de una oficina especial ubicada en el Asentamiento Poblacional Asociación Pro-Vivienda Eduardo de la Piniella Mza. B, lote 10, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1350633-1

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de agencia en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 932-2016 Lima, 19 de febrero de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (e) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. ­ CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en Calle Loreto Nº 114-120, en el distrito, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº 6252015 de fecha 31.08.2015;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Proempresa S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 827-2016 Lima, 17 de febrero de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (e)

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