Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2016 (02/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

El Peruano / Miércoles 2 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Subgerencia de Recursos Humanos y a los demás órganos de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para la difusión y publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional conforme a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo Sexto.- DEROGAR, toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1350772-3

1244 Urb. El Descanso, distrito de Ate, provincia de Lima, debidamente representado por su apoderada MARÍA ISABEL ESCÁRATE FARFÁN, según poder inscrito en el Asiento C00003 de la Partida Nº 11696839 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, para la contratación del suministro de bienes: - Contrato Nº 005-2015-MDMP, Adquisición de Hojuela de Cereal Enriquecido, para atender el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, periodo Julio ­ Diciembre 2015, por el monto de S/ 88,564.68 soles, incluido IGV y, - Contrato Nº 006-2015-MDMP, la adquisición de Leche Evaporada Entera para atender el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, periodo Julio ­ Diciembre 2015, por el monto de S/ 127,500.00 soles, incluido IGV. Que, mediante Informe Nº 001-2016-MDMP/GDH, presentado por la Gerencia de Desarrollo Humano, indica que: - Existe el inminente riesgo de desabastecimiento de los insumos: Leche Evaporada Entera en bolsa x 410 gr. y Hojuela de Cereal Enriquecido x 500 gr., para el Programa de Vaso de Leche, por estar a punto de concluir los contratos, y habiéndose ejecutado el ADICIONAL al contrato por el 16.66%, del monto adjudicado correspondiente a los Contratos Nº 005-2015-MDMP y Nº 006-2015-MDMP, correspondiente a Hojuela de Cereal Enriquecido y Leche Evaporada Entera, para la atención del mes de enero 2016. - Asimismo, no habiéndose iniciado Proceso de Licitación para la adquisición de los insumos que conforma la ración del Programa del Vaso de Leche para el periodo 2016 por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla responsable de llevar a cabo dichos procesos de convocatoria hasta el 31 de Diciembre. No se podría ejecutar una complementación a los contratos, antes citados, hasta por el 30% del monto adjudicado; puesto que conforme a lo señalado en el artículo 182º del Reglamento de la Ley Nº 1017 (norma aplicable para dichos contratos), establece que dentro de los tres meses posteriores a la culminación del contrato, la Entidad podrá contratar complementariamente bienes y servicios con el mismo contratista, por única vez y en tanto culmine el proceso de selección convocado, hasta por un máximo de treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que se trate del mismo bien o servicio y que el contratista mantenga las condiciones que dieron lugar a la contratación. - Recomienda que de aprobarse la contratación directa por DESABASTECIMIENTO se realice por un plazo de 04 meses de los insumos del PVL, para el periodo 2016, además se recomienda que de aprobarse la contratación directa de los insumos del PVL, bajo el supuesto por desabastecimiento de las Hojuelas de Cereal Enriquecido y Leche Evaporada Entera del PVL. éstas deberán ser entregadas al siguiente día de firmado el contrato, no considerado fecha; anteriores, toda vez que siendo el Programa Vaso de Leche un Programa que no considera entregas retroactivas, no sería razonable adquirir los bienes para atender necesidades anteriores a la fecha en que se suscribirían el contrato; lo que impediría entregar el insumo por los días anteriores que estuvieran desabastecidas Que, con informe Nº 003-2016-GPP/MDMP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto señala: - Que vistos los antecedentes expuestos en los aspectos técnicos sobre la situación actual del Programa del Vaso de Leche, recomienda: · Que, se eleve el requerimiento a la consulta necesaria para el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche. · Que, de aprobarse la contratación directa por desabastecimiento se realice por un total de 04 meses de los insumos del PVL, e iniciar las acciones para la adquisición de los insumos que conforman la ración del Programa del Vaso de Leche para el periodo 2016.

Declararan en situación de desabastecimiento inminente de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2016-MDMP Mi Perú, 28 de enero de 2016 El Concejo Municipal del Distrito de Mi Perú. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 001-2016-MDMP/GDH, presentado por la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 004-2016-MDMP-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 0032016-GPP/MDMP, emitido por el Gerente de Planificación y Presupuesto (e). CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 30197 de fecha mayo del año 2014, se crea el Distrito de Mi Perú en la Jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, disponiendo en la Única Disposición Transitoria señala que, en tanto se instalen las nuevas autoridades, la administración y los servicios públicos, serán siendo atendidos por la Municipalidad del Centro Poblado de Mi Perú, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, la Municipalidad Provincial del Callao, y el Gobierno Regional del Callao. Que, con Oficio Nº 066-2014-EF/52.03, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que la administración de los recursos que se transfieran o depositen en las cuentas bancarias que se aperturen a nombre de la Municipalidad Distrital de Mi Perú serán administrados por la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, mediante acta de fecha 28 de Diciembre del año 2015, el Jurado Nacional de Elecciones, proclamó candidato ganador al Sr. Reynaldo Encalada Tovar Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, el Periodo del año 2016-2018, como resultado de las elecciones municipales complementarias, llevadas a cabo el 29 de Noviembre del año 2015. Que, con fecha 11 de Enero del presente año 2016, mediante acta se Juramentó al Alcalde y sus regidores de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, quedando expedito, para iniciar la actividades administrativas de la Municipalidad conforme a Ley. Procediéndose de inmediato solicitar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, efectuar el proceso de transferencia de los activos y del sistema SIAF, a la Municipalidad Distrital de Mi Perú, conforme al Oficio Nº 001-A-MDV-2016. Que, en atención a lo señalado, la Municipalidad Distrital de Ventanilla suscribió los Contratos Nº 0052015-MDMP y Contrato Nº 006-2015-MDMP con la Empresa SOLUCIONES ALIMENTICIAS SAC, con RUC Nº 20510051395, con domicilio legal en Av. Los Incas Nº

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