Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador para participar en evento a realizarse en Bélgica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 069-2016/SUNAT Lima, 1 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Carta Nº 16.HL-0045S/P.R. de fecha 5 de febrero de 2016, el Departamento de Fortalecimiento de Capacidades de la Organización Mundial de Aduanas ­ OMA cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la 7a Sesión del Comité de Fortalecimiento de Capacidades (CFC) del 11 al 13 de abril de 2016; y la 15a Sesión del Sub-Comité sobre Ética (SCE) del 13 al 15 de abril de 2016, reuniones que se llevarán a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que el CFC y el SCE tendrán una sesión conjunta para tratar el tema: "Gestión estratégica de los Recursos Humanos (RRHH) para fomentar la ética", por lo que se invita a un funcionario de la SUNAT a participar como panelista en el punto XVII del borrador de la agenda: "Progresos sobre la Implementación de la Herramienta de Diagnóstico de Desarrollo de las Personas", a fin de explicar las medidas implementadas y el impacto que han tenido sobre la promoción de la ética de la administración; Que asimismo, la participación de la SUNAT en las referidas sesiones permitirá conocer las experiencias de otras administraciones en el uso de la herramienta de Diagnóstico de Desarrollo de las Personas a fin de mejorar la gestión de los recursos humanos; además de compartir la experiencia institucional en la utilización de la mencionada herramienta y su incidencia sobre la ética de la administración; Que, de otro lado, la participación de la SUNAT también permitirá fortalecer la gestión del talento humano en nuestra institución, siendo al mismo tiempo una buena oportunidad para comparar programas y políticas nacionales de recursos humanos frente a los principios, herramientas y mejores prácticas que promueve la OMA; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.º 06-2016-SUNAT/8A0000, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Juan Manuel Flores Saona, Intendente Nacional de Recursos Humanos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Juan Manuel Flores Saona del 9 al 17 de abril de 2016, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Juan Manuel Flores Saona, Intendente Nacional de Recursos Humanos del 9 al 17 de abril de 2016, para participar en la 7a Sesión del Comité de Fortalecimiento de Capacidades (CFC) y la 15a Sesión del Sub-Comité sobre Ética (SCE) de la Organización Mundial de Aduanas, que se llevarán a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 11 al 15 de abril de 2016. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Juan Manuel Flores Saona Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) Viáticos US$ 1 234,75 US$ 3 240,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1351725-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto
INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0001017/SUNAT Punchana, 25 de febrero del 2016. CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que

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