Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2016 (08/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Martes 8 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580131

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Establecen la creación del Depósito Municipal de Vehículos (DMV) ubicado en el distrito y aprueban el Reglamento para la Creación y Funcionamiento del Depósito Municipal y para el Procedimiento de Retención o Internamiento y Liberación de Vehículos Motorizados en el distrito de Pucusana
ORDENANZA Nº 191-2016-MDP Pucusana, 7 de febrero de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: VISTO: El Informe Nº 13-2016-SGTVDC-MDP, emitido por la Sub Gerencia de Transportes, Vialidad y Defensa Civil y el Informe Nº 093-2016/GAJ/MDP, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; teniendo en cuenta la necesidad existente por que el Distrito de Pucusana cuente con un Depósito Municipal Vehicular Autorizado, es necesario el Proyecto de la creación del Depósito Municipal Vehicular e Internamiento y Liberación de Vehículos Motorizados. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 194º y 195º e inciso 5 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que establece que los gobiernos locales, gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia para ejercer actos de gobierno administrativo con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito, establece los lineamientos Generales Económicos, organizacionales y reglamentarios de transportes y tránsito terrestre, que rige en todo el territorio de la república y sus D.S. Nº 0172009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte, D.S. Nº 0162009-MTC, Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, en su Artículo Nº 6º, compete a las Municipalidades Distritales en materia de Tránsito Terrestre, ejercen funciones de Gestión y Fiscalización, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente reglamento. El mencionado Reglamento Nacional de Tránsito, Código de Tránsito ­ Regula el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de las personas, vehículos y animales, así como las actividades relacionadas con el transporte, tránsito, estableciendo como medida de internamiento del vehículo al depósito municipal cuando cometa infracción de tránsito, o cuando circule poniendo en riesgo la seguridad vial de los usuarios de las vías públicas; Que, Ley 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, tiene por objeto reconocer y normar el carácter y naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehículos menores, Mototaxis y similares, complementario y auxiliar, como medio de transporte vehicular terrestre y su DS Nº 055-2010-MTC, reglamento nacional de transporte

publico especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados; en su cuarta disposición complementaria final, otorga a las municipalidades distritales el dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción, donde se presta el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehículos menores, por lo tanto será la encargada de autorizar, controlar y supervisar dicho servicio, así como aplicar las sanciones por infracciones al presente reglamento y las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial; Que, en cumplimiento con el DS Nº 055-2010-MTC, la municipalidad Distrital de Pucusana cumplió con promulgar la Ordenanza Nº 184-2015-MDP que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publico especial de pasajeros en vehículos menores (Mototaxis); Que, el artículo 46º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio y su cumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales que hubiera lugar. Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo escalas de multa, en función a la gravedad de la falta así como la imposición de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las multas, suspensión de autorizaciones o licencias de clausura, decomisos, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otros. A solicitud de la municipalidad respectiva, o del ejecutor coactivo correspondiente, la Policía Nacional del Perú, prestara su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan bajo responsabilidad; Que, las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidad Distrital de Pucusana, es la autoridad administrativa competente, para normar, organizar y reglamentar el funcionamiento del DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS (DMV), en su jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el DS Nº 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito ­ Código de Tránsito; Que, siendo facultad exclusiva y excluyente de las municipalidades, administrar los depósitos municipales de vehículos y no existiendo normatividad alguna que reglamente el funcionamiento y operatividad de estos, se hace necesario, expedir una ordenanza municipal, que establezca los procedimientos administrativos para lograr cumplir con los objetivos que dicta la norma; Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley general de Transporte y Tránsito terrestre Nº 27181; Ley 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Ley de Ejecución Coactiva Nº 26979; Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 776 de Tributación Municipal; decreto Supremo Nº 0162009-MTC Reglamento Nacional de Tránsito, Decreto Supremo Nº 01-2009-MTC Reglamento Nacional de Administración del Transporte; Decreto Supremo Nº 0552010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores; Que, el Concejo Municipal, cumple su función normativa, entre otros mecanismos a través de Ordenanzas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, sometido a consideración del pleno del Concejo Municipal en la sesión de la fecha, el dictamen de la comisión ordinaria de transportes sobre la creación del Depósito Municipal e internamiento y liberación de vehículos motorizados, mereció su aprobación por UNANIMIDAD, por lo que en uso de sus facultades referidas en la Ley Orgánica de Municipalidades. ACUERDA: Artículo Primero.- Establecer la creación del DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS (DMV), ubicado

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