Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2016 (16/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Miércoles 16 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Vial y el Acuerdo de Concejo Nº 118-2015-MPH-CM de fecha 04 de diciembre de 2015, respecto al proyecto de Ordenanza de Cambio de Zonificación del Predio ubicado en La Huaca ­ Candelaria Numero de Parcela 53, Código Catastral 8_2558720_04367 Proyecto La Candelaria ­ Huaral. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con lo prescrito en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, asimismo, el inciso 6) del artículo 195º de la misma Carta Magna refiere que las municipalidades tiene competencia estricta en materias de zonificación, urbanismo y acondicionamiento territorial, lo supone la potestad de planificar y regular los espacios habitables propias de la vida urbana y rural. Que, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo II del Título V de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con carácter exclusivo o compartido, en materia de Organización del espacio físico y Uso del suelo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano que constituye el marco normativo para los procedimientos técnicos y administrativos que deben seguir las municipalidades a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural a fin de garantizar, entre otros, la ocupación racional y sostenible del territorio. En su Capítulo XIV regula lo pertinente al cambio de zonificación. Que, de conformidad al Artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, los cambios de la zonificación Comercial, Industrial, Pre Urbana, Recreación, Usos Especiales, Servicios Públicos Complementarios, Zona de Reglamentación Especial, y Zona Monumental o impliquen la modificación, de Zona Residencial de Baja Densidad, a Densidad Media a Residencial de Alta Densidad se someten al procedimiento establecido en la citada norma legal, por cuanto implican modificación y/o actualización del Plan de Desarrollo Urbano, debiendo en consecuencia ser este aprobado por el Concejo Municipal Provincial. Que, mediante Expediente Nº 07435-15 de fecha 26 de marzo de 2015, el Sr. Manuel Alfredo Palian Aquiña quien en representación de la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTA BEATRIZ S.A.C., solicita el Cambio de Zonificación del predio La Huaca ­ Candelaria Numero de Parcela 53, Código Catastral 8_2558720_04367 Proyecto La Candelaria ­ Huaral, el mismo que conforme a la Partida Registral P01043187 emitida por la SUNARP, se observa que el predio ubicado en La Huaca ­ Candelaria Número de Parcela 53, Código Catastral 8_2558720_04367 Proyecto La Candelaria ­ Huaral, tiene un Área de 3.2169 Ha, y su derecho de propiedad se encuentra inscrito a nombre de INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTA BEATRIZ S.A.C. Que, mediante informe Nº 0718-2015-MPH/GDUOT/ SGEPT de fecha 07 de octubre del 2015, la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial recomienda declarar procedente la solicitud presentada por el administrado, puesto que cumple con lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA; asimismo, en el cambio de zonificación de Zona Residencial de Baja Densidad (R2) a Zona Residencial de Media Densidad (R4), implica modificación del plan de Desarrollo Urbano, y según lo estipulado en el artículo 49 del

D.S. Nº 004-2011-VIVIENDA, el cual establece que es potestad del Concejo Municipal Provincial aprobar las modificaciones y/o actualizaciones al Plan de Desarrollo Urbano, se deberá remitir para trámite para la aprobación de la modificación del plano de zonificación de usos de suelo de la Ciudad de Huaral 2010-2015. Que, mediante Memorándum Nº 01008-2015-MPH/ GDUOT de fecha 09 de octubre del 2015 la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita pronunciamiento legal, resaltando el informe de la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, declarando procedente lo solicitado, visto que cumple con lo estipulado en el D.S. 004-2011-VIVIENDA. Que, mediante Informe Nº 01106-2015-MPH/GAJ de fecha 24 de setiembre de 2015 la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que contando con los informes técnicos sustentatorios, que señalan el cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el Reglamento aprobado por D.S. Nº 004-2011-VIVIENDA opina que se declare PROCEDENTE la solicitud sobre cambio de zonificación presentado por el Sr. Manuel Alfredo Palian Aquiña en representación de la Inmobiliaria y Constructora Santa Beatriz S.A.C., por lo tanto, siendo atribución del Concejo Municipal aprobar el cambio de zonificación solicitado mediante Ordenanza Municipal. Estando a los fundamentos antes expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; contando con el voto UNANIME de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA "QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL Predio ubicado en La Huaca ­ Candelaria Numero de Parcela 53, Código Catastral 8_2558720_04367 Proyecto La Candelaria ­ Huaral, inscrita en la Partida Registral P01043187 ­ Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima ­ SUNARP, con un Área de 3.2169 Ha, DEL DISTRITO DE HUARAL, PROVINCIA DE HUARAL, REGION LIMA." Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION del Plano de Zonificación aprobado con el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2010-2015, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH, consistente en el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN de Zona Residencial de Baja Densidad (R2) a Zona Residencial de Media Densidad (R4); según los parámetros establecidos en el Reglamento de Zonificación, respecto al Predio ubicado en La Huaca ­ Candelaria Número de Parcela 53, Código Catastral 8_2558720_04367 Proyecto La Candelaria ­ Huaral, inscrita en la Partida Registral P01043187 ­ Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima ­ SUNARP, con un Área de 3.2169 Ha (32,169.00m2 )., de propiedad de LA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SANTA BEATRIZ S.A.C. representado por el Sr. MANUEL ALFREDO PALIAN AQUIÑA y según lo descrito en los planos identificados como Lamina 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y Memoria Descriptiva que forma parte del expediente Nº 07435-15 de fecha 26 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, en cuanto le corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presenta Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1355881-1

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