Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2016 (16/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de marzo de 2016 /

El Peruano

del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás leyes que le son aplicables; Que, mediante la Ordenanza Nº 175-2014-MDP de fecha 18-12-14 se aprobó el "Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Pucusana" Que, por otro lado, el literal a) del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que establece los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública, establece que "Las Entidades de la Administración Pública deberán modificar el Cuadro para Asignación de Personal, cuando la Entidad haya sufrido modificaciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos", asimismo el literal b) del acotado Artículo, señala que se debe modificar "Por motivo de reestructuración o reorganización aprobadas conforme a la normativa vigente"; Que, según Memorándum Nº 022-2016-GPP/ MDP de fecha 23.01.16 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que remite el proyecto del Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP, el cual se encuentra considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de Pucusana; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 072-2016/GAJ/MDP de fecha 23.01.16, emite opinión favorable sobre el proyecto del Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP, recomendando que debe emitirse la Resolución de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y, de conformidad con las atribuciones que le confiere a la Alcaldía el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP de la Municipalidad Distrital de Pucusana para el Ejercicio Fiscal 2016, contenido en el Anexo 01, que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- PUBLÍCASE la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y el íntegro del Anexo a que se refiere el artículo anterior en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Pucusana: www.munipucusana.gob.pe. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administración el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas su publicación en el Portal de Transparencia. Artículo Cuarto.- DEROGAR las disposiciones municipales que se opongan a la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase. PEDRO PABLO FLORIÁN HUARI Alcalde 1355764-2

VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con el voto unánime, y con la dispensa de la aprobación del acta se ha dado lo siguiente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa para ejercer sus actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL Artículo 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: "ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC" Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del numeral 04.2, del artículo 08º, el artículo 32º y el inciso t) del artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac, aprobado mediante Ordenanza Nº 332-MDR y modificatorias a efectos de incluir en la estructura Orgánica la Subgerencia de Turismo: "Artículo 8º.- Para el cumplimiento de su misión y logro de sus objetivos, la Municipalidad del Rímac cuenta con la Estructura orgánica siguiente: (...) 04. Órganos de Asesoramiento: 04.2. Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones Interinstitucionales 04.2.1. Subgerencia de Turismo" La estructura de la organización de la Municipalidad Distrital del Rímac, se representa de manera gráfica en el Organigrama Estructural, el mismo que forma parte integrante de la presente norma en el Anexo Nº 01. "04.2. Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones Interinstitucionales: Artículo 32º.- La Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones Institucionales es un órgano de asesoramiento encargado de conducir las actividades orientadas al desarrollo del distrito y de la mejora de la calidad de vida del vecino Rímense a través de la promoción de la inversión sostenible, puesta en valor de las áreas urbanas, la recuperación de las zonas inactivas económicamente, y la promoción de alianzas estratégicas focalizando su actividad en las zonas menos favorecidas del distrito. Asimismo, tiene a su cargo todas las acciones conducentes a conseguir la puesta en valor de los recursos turísticos, a potenciar el acceso a los diferentes atractivos turísticos con que cuenta el distrito, a propiciar la ejecución de planes específicos para lograr la implementación del turismo histórico cultural, ecológico y de entretenimiento auto sostenible y socialmente inclusivo, actuando con ente articulador para los diferentes actores y operadores turísticos". "Artículo 33º.- Son funciones de la Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones Interinstitucionales, las siguientes: (...)

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 467-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL RÍMAC:

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