Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2016 (16/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 16 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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como persona jurídica de derecho público interno, y con Resolución Nº 647-2011-CONAFU del 22 de Diciembre del 2011, se aprueba la Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional de Jaén. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 039-2015-MINEDU, de fecha 24 de julio de 2015, se constituye a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, integrada por: Dr. Edwin Julio Palomino Cadenas, Presidente; Dr. Manuel Fernando Coronado Jorge, Vicepresidente Académico; y Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, Vicepresidente de Investigación. Que, mediante Ley Nº 27619 " Ley que Regula la Autorización De Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos" , en su artículo 1º regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, señalando que los viajes al exterior se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad, asimismo en el artículo 4º señala que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada mediante decreto supremo. Así también el decreto supremo Nº047- 2002-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la escala de viáticos establecida por Ley. Que, según el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece como principios que rigen las universidades a la Internacionalización y la Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social. Asimismo ,el artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, señala que son fines de la Universidad: 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la Humanidad 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística 6.6 Difundir el conocimiento universal en beneficio de la humanidad. Que, el artículo 5º de nuestro Estatuto señala centro de los fines de la Universidad Nacional de Jaén b) Conservar, acrecentar y transmitir la cultura universal, con sentido crítico y creativo y con especial afirmación de los valores nacionales. c) Atender la formación profesional integral, la investigación científica y las actividades de Extensión Universitaria de la población, así como la producción de bienes y la prestación de servicios en áreas de su competencia. Estas actividades se orientan básicamente al beneficio de todos los sectores de la sociedad. Que, mediante escrito s/nº, de fecha 29 de febrero del 2016, el Comité Binacional de Gestión para la Construcción del IV Eje Vial, conformado por el señor Ángel German Pavón Romero (Alcalde del GAD del Cantón Chinchipe y Presidente del Comité Binacional para Gestionar la Terminación del IV Eje Vial), Lic. Milton Gómez Valdez (coordinador del Comité Binacional por la parte Ecuatoriana) y el Mag. Yaudy Ahumada (Coordinador del Comité Binacional por la Parte Peruana), realiza la invita a ser parte de la delegación que viajará a la ciudad de Quito-Ecuador, con el único propósito de gestionar ante las autoridades nacionales competentes y aunar esfuerzos encaminadas a conseguir lo siguiente: · Culminación del IV Eje Vial Loja ­Zamora · Apertura Comercial del Puerto Internacional La Balsa y creación de los Centros Binacionales a Atención Fronteriza. · Creación de un Consulado en San Ignacio-Perú y Consulado en Zumba ­Ecuador. · Solicitar la autorización de los Gobiernos de Ecuador y Perú la construcción de un puente peatonal en el paso fronterizo sobre la quebrada San Francisco, paso del Reina del Cisne-Ecuador a Dorado el Oriente ­Perú. Que mediante el acuerdo de Sesión Extraordinaria de fecha 09 de marzo del 2016, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén acordó autorizar el viaje del Vicepresidente de Investigación, Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, a la ciudad de Quito ­Ecuador los días 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de marzo del 2016, dicho

viaje tiene la finalidad de gestionar ante las autoridades nacionales competentes y aunar esfuerzos encaminadas a conseguir los objetivos antes indicados. Así mismo, debido a la urgencia que amerita el viaje por la proximidad de la fecha del viaje, se acordó que se realice los trámites correspondientes para la publicación de la misma en el diario el peruano en vías de regularización. Los gastos valorados a la Bolsa de Viaje es el siguiente: Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz S/. 6,600.00 Estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que le confiere al Presidente de la Comisión Organizadora la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto Universitario y demás normas vigentes de esta casa superior de estudios. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Señor Vicepresidente de Investigación, Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, a la ciudad de Quito - Ecuador a partir del día 14 al miércoles 19 de marzo del 2016. Artículo Segundo.- OTORGAR al Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, el monto ascendente a S/ S/. 6,600.00 (Seis mil Seiscientos y 00/100 Soles), por concepto de viáticos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General realice los trámites pertinentes para la publicación en vías de regularización en el Diario El Peruano Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Vicepresidencia Académica, Oficina General de Administración, así como la Oficina de Planificación y Presupuesto, las cuales dictaran las medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a las instancias correspondientes para su cumplimiento. Artículo Sexto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Regístrese, comuníquese y ejecútese. EDWIN JULIO PALOMINO CADENAS Presidente MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General 1355789-1

Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0263 Lima, 18 de febrero de 2016 Visto el Expediente STDUNI: 2016-6063 presentado por el señor José María Velásquez Mendoza, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor José María Velásquez Mendoza, identificado con DNI Nº 40014205, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; por pérdida de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de

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