Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2016 (22/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 22 de marzo de 2016 /

El Peruano

saneamiento, así como ejercer las competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento urbano; Que, los gobiernos locales asumen las competencias y ejercen funciones específicas, como es la Organización del Espacio Físico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende el acondicionamiento territorial, según lo establecido en el numeral 1.5 del Artículo 73º de la Ley Nº 27972; Que, el "Plan Nacional de Desarrollo Urbano PERÚ: Territorio para Todos, Lineamientos de Política 2006 -2015", aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2006-VIVIENDA, precisa entre sus objetivos específicos de la Gestión Urbana-Territorial, incorporar la Zonificación Ecológica y Económica en la planificación de la gestión urbana -territorial, fortalecer la institucionalidad de los gobiernos regionales y locales, los mecanismos e instrumentos de gestión urbano -territorial necesaria en los aspectos económico financiero, normativos, técnico, organizativo participativo y de información permanente, tanto en las metrópolis nacionales, ciudades intermedias, ciudades menores y asentamientos rurales, como base para el desarrollo sostenible del territorio; y desarrollar programas de fortalecimiento de los gobiernos locales, incluyendo capacitación, asistencia y asesoría técnica en los temas de planificación y gestión del desarrollo urbano territorial y la correspondiente programación de inversiones; Que, a nivel nacional el territorio presenta un patrón de ocupación del suelo, mayoritariamente informal, extendiendo desordenadamente las ciudades, con problemas de carencia de infraestructura y servicios, derivados de la ausencia de una adecuada planificación concertada con los agentes que intervienen en dicho proceso, así como de una visión integral del conjunto de circunscripciones territoriales en los cuales se encuentra dividido el país. Que, el Esquema de Ordenamiento Urbano es el instrumento técnico - normativo, para promover y orientar el desarrollo urbano de los centros poblados entre 2,501 y 20,000 habitantes, en concordancia al Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano o el Plan de Desarrollo Urbano, según corresponda, estableciendo las condiciones básicas de desarrollo, incluyendo las áreas de expansión urbana y este Esquema forma parte del componente físico espacial del Plan Distrital de Desarrollo Concertado, conforme lo señalan el acápite 16.1 y 16.2 del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano; Que, revisado el expediente administrativo respecto a la propuesta de Esquema de Ordenamiento Urbano del área urbana del Distrito de Llaylla, área predial donde se desarrolla la capital del indicado Distrito, Provincia de Satipo y Departamento de Junín, cumple con lo dispuesto en los Artículos 17º y 18º de la norma ya indicada sobre el contenido del Esquema de Ordenamiento Urbano y las Entidades Responsables conforme a la norma reglamentaria antes descrita, se advierte el cumplimiento de las publicaciones efectuadas en el mismo Centro Poblado, en la Municipalidad Distrital de Llaylla y en la Municipalidad Provincial de Satipo, así como que se ha cumplido con la audiencia pública de la fecha 17 de noviembre del 2015; de todo lo actuado se advierte que la Municipalidad Distrital ha tenido conocimiento de esta propuesta y por tanto no ha formulado observación o recomendación alguna al mismo dentro del marco su competencia, además consta una copia del Acuerdo de Concejo Nº 113-2015.MDLL de fecha 03 de julio del 2015 de la Municipalidad Distrital de Llaylla de aprobación del Esquema de Ordenamiento Urbano 2015-2015 de dicho distrito y también dispone que se remita a la Municipalidad Provincial para los fines que le son atribuibles; por lo tanto se ha cumplido con los requisitos que la norma antes descrita señala en su Artículo 42º respecto a la aprobación de este instrumento de gestión; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo

Municipal de la Municipalidad Provincial de Satipo, por UNANIMIDAD ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBANO DEL AREA URBANA DEL DISTRITO DE LLAYLLA, DE LA PROVINCIA DE SATIPO, DEPARTAMENTO DE JUNIN Artículo Primero.- APROBAR el Esquema de Ordenamiento Urbano del Área Urbana del distrito de Llaylla, de la Provincia de Satipo, Departamento de Junín. Artículo Segundo.- FORMAN parte de esta Ordenanza el Expediente denominado Esquema de Ordenamiento Urbano del Distrito de Llaylla adjuntado al Expediente Municipal Nº 18379-2015, el cual se desarrolla de la forma sumaria siguiente: CONTENIDO CAPITULO I. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. INTRODUCCION 1.2. ANTECEDENTES 1.3. MARCO LEGAL Y NORMATIVO 1.3.1. CONSTITUCION POLITICA DEL PERU 1.3.2. LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 1.3.3. REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO 1.3.4. LEY GENERAL DEL AMBIENTE Nº 28611 1.4 AMBITO TERRITORIAL DE ESTUDIO 1.5 HORIZONTE DE PLANEAMIENTO DEL ESTUDIO 1.6 OBJETIVOS DEL ESTUDIO 1.6.1 OBJETIVO GENERAL 1.6.2 OBJETIVO ESPECIFICO 1.7 MARCO CONCEPTUAL 1.8 METODOLOGIA 1.8.1 MARCO GENERAL DEL PROCESO DE PLANIFICACION 1.8.2 COMPONENTES 1.8.3 PROPUESTA METODOLOGICA 1.8.4 ETAPAS DEL PRESENTE ESTUDIO CAPITULO II. MARCO REFERENCIAL 2.1. LA ECONOMIA GLOBAL 2.1.1 LA GLOBALIZACION Y SUS ESCENARIOS DE ACTUACION EN LA ECONOMIA NACIONAL Y REGIONAL 2.1.2 LA COMPETITIVIDAD E INSTUCIONALIDAD 2.1.3 LA INNOVACION 2.1.4 LAS CIUDADES Y LA LUCHA CONTRA LA POBREZA 2.1.5 EL MODELO MACROECONOMICO Y LA DESCENTRALIZACION 2.1 EL CONTEXTO DISTRITAL 2.2.1 LOCALIZACION 2.2.2 PROCESO DE OCUPACION TERRITORIAL 2.2.3 EL SISTEMA URBANO DE LOS CENTROS POBLADOS DEL DISTRITO 2.2.4 SISTEMA VIAL 2.3 ROL Y MICROREGIONAL FUNCION URBANA A NIVEL

CAPITULO III. DIGANOSTICO URBANO 3.1 DIMENSION SOCIO ECONOMICA 3.1.7 SALUD 3.1.8 VIVIENDA 3.1.9 ACCESO A SERVICIOS BASICOS

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