Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2016 (22/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Martes 22 de marzo de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Oficio Nº 002911-2015-REGION ANCASH-DIRES/OEPP, de fecha 25 de Noviembre del 2015, el Director Regional de la Dirección Regional de Salud Ancash, solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la aprobación de Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de las Unidades Ejecutoras de Salud de la Región Ancash, en atención a los Informes Nº 017, 018, 019 y 020 ­ 2015-REGIÓN ANCASH-DIRESAOEPP/ORG. Que, mediante Informe Nº 0082-2015-GRA/GRPPAT/ SGDII-082, de fecha 17 de Diciembre del 2015, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional e Informática, concluye: que los proyectos del CAP-P de las Unidades Ejecutoras de Salud de la Dirección Regional de Salud Ancash, se ha elaborado considerando las disposiciones contenidas en las disposiciones antes señalados teniendo como base legal la Estructura Orgánica y Reglamento de Organizaciones y Funciones vigentes el mismo que no demandara recuro presupuestal adicional de parte del Tesoro Público tampoco del Pliego Presupuestal 441: Gobierno Regional de Ancash. Que, mediante el Memorándum Nº 2071-2015-GOBIERNO REGIONAL DE Ancash/ SGDII-331 de fecha 17 de Diciembre del 2015 el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita informe a la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la aprobación de la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud de la DIRESA. Que, la Directora Regional de Asesoría Jurídica la Abg. Zoila Emperatriz del P. Córdova Zulueta, mediante el Informe Nº 521-2015-GRA/ORAJ de fecha 18 de Diciembre del 2015, opina: "3.1. Que la Secretaria General cumpla en remitir el presente expediente administrativo al Pleno del Consejo Regional para su evaluación toda vez que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante el Informe Nº 00082-2015-GOBIERNO REGIONAL DE Ancash/ SGDII.082 ha recomendado favorable los proyectos del Cuadro de Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud presentado por la Dirección Regional de Salud de Ancash". El citado informe el Secretario General remite al Consejo Regional mediante el Oficio Nº 4200-2015-GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH/SG de fecha 21 de Diciembre del 2015. Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a", de la Ley Nº 27867 que señala aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. "a" del Artículo 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su función normativa, aprobar los documentos de gestión de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación por el Ejecutivo; Que, en Sesión Extraordinaria, realizada en la ciudad de Huaraz, el día martes 22 de Diciembre de 2015, se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional el Oficio Nº 4200-2015-GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH/ SG, de la Secretaria General del Gobierno Regional de Ancash, para su tratamiento de acuerdo a Ley; Que, estando a lo expuesto precedentemente y en uso de sus facultades conferidas en los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Pleno del Concejo Regional con el voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD - ANCASH Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P)

de las Unidades Ejecutoras de Salud a continuación se indican, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza como anexo: 1.- Unidad Ejecutora 401 Salud Recuay Carhuaz. 2.- Unidad Ejecutora 405 Salud Caraz. 3.- Unidad Ejecutora 402 Salud Hospital Víctor Ramos Guardia, 4.- Unidad Ejecutora de Salud 407 Salud Huari; 5.- Unidad Ejecutora 409 Salud Pacifico Norte. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ancash, realizar trámites administrativos para PUBLICAR la presente Ordenanza y Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSG aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza deberá de publicarse en el diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulación Regional y en el Portal Web del Gobierno Regional de Ancash, PRECISÁNDOSE que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Comuníquese, al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. ANGEL JANWILLEN DURÁN LEÓN Consejero Delegado Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los 22 días del mes de diciembre del año dos mil quince. WALDO RIOS SALCEDO Gobernador 1358697-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Prorrogan fecha de vencimiento para pago de primera cuota del Impuesto Predial y primer trimestre de los Arbitrios Municipales 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2016-ALC/MLV La Victoria, 15 de marzo de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO; el Informe Nº 0033-2016-GSAT/MDLV, de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe Nº 124-2016-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

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