Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2016 (29/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

581798

PROYECTO Donde:

Martes 29 de marzo de 2016 /

El Peruano

054-2001-PCM, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº xx-2016; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fijación de cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la instalación interna de los consumidores mayores a 300 m3/mes Fíjense los cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la instalación interna de los consumidores mayores a 300 m3/mes, del servicio de distribución de gas natural por red de ductos de la concesión de Ica, de acuerdo a lo siguiente: Cuadro Nº 1 Cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la Instalación Interna para clientes con consumos mayores a 300m3/mes
Cargo Inspección Supervisión Habilitación Total US$ 127,62 103,11 183,63 414,36

IPM : Índice de Precios al por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Se utilizará el valor del mes de la última publicación oficial disponible al día 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes sean aplicadas. IPMo : Valor base del IPM e igual a 122,44, correspondiente al mes de febrero de 2016. IPMa : Valor del IPM al momento de realizar la actualización. La primera actualización se efectuará a la entrada en vigencia de la presente resolución. Las siguientes actualizaciones se realizarán cada 3 meses. Artículo 4º.- Vigencia de los cargos aprobados Hasta que culmine el período de vigencia de las tarifas iniciales, establecidas en el Contrato BOOT de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica. Artículo 5º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y consignada, junto con los Informes Nº XXX-2016-GRT y Nº XXX-2016-GRT, en la página web del Osinergmin: http://www2.osinergmin.gob.pe/ Resoluciones/Resoluciones2016.aspx. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la finalidad de acelerar la masificación del uso del gas natural en los sectores domiciliarios e industrial, en la actualidad se ha venido llevando a cabo la adjudicación de diversas concesiones, cuyas tarifas iniciales por el servicio ya han sido definidas en los respectivos contratos de concesión, para cada caso. No obstante, en muchos de estos casos los contratos no contemplan todos los cargos necesarios que las empresas concesionarias requieren aplicar. En función a lo expuesto, en el Anexo C.7 de la Norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", aprobada mediante Resolución Osinergmin Nº 080-2012OS/CD se estableció lo concerniente al "Procedimiento para la Fijación de Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexión, Acometidas y otros Cargos Tarifarios Complementarios a las Tarifas Iniciales". Ahora bien, cabe señalar que el Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural de la Región Ica, no ha regulado todos los cargos complementarios a las tarifas iniciales de dicha concesión; correspondiendo, por tanto, atender la solicitud de fijación de los Cargos Complementarios de Inspección, Supervisión y Habilitación de instalaciones internas para consumidores mayores a 300 m3/mes y cargos por reconexión de los componentes de la Acometida Tipo II, para la concesión de distribución de gas natural por red de ductos del departamento de Ica, remitida por la empresa Contugas S.A.C. En tal sentido, se precisa que las etapas del procedimiento regulatorio en curso, se vienen desarrollando conforme a lo establecido en el mencionado Anexo C.7 del Procedimiento, mientras que la evaluación técnica ­ económica del mismo, se ha efectuado conforme a lo previsto en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, la Norma "Procedimiento para la Elaboración de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribución de Gas Natural", aprobada mediante Resolución Osinergmin Nº 659-2008-OS/CD y la Norma la Norma "Condiciones de Aplicación de Corte y Reconexión de Suministros en Concesiones de Distribución de Gas Natural", aprobada mediante Resolución Osinergmin Nº 664-2008-OS/CD Los cargos complementarios aprobados en el presente procedimiento, serán aplicables a partir del día siguiente de su publicación, hasta que culmine el período de vigencia de las tarifas iniciales, establecidas en el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos del Departamento de Ica. 1360526-1

Artículo 2º.- Fijación de cargos por Reconexión por retiro de componentes de acometida de consumidores residenciales y comerciales Fíjense los cargos por Reconexión por retiro de componentes de acometida de consumidores de las Categorías A (residenciales) y B (comerciales), del servicio de distribución de gas natural por red de ductos de la concesión de Ica, de acuerdo a lo siguiente: Cuadro Nº 2 Cargos por Reconexión del Servicio
Tipo de Reconexión Reconexión por retiro de componentes de Acometida Categoría y características del Consumidor (US$) Categoría A y B (Comercial) 16,53

II

La descripción y secuencia de aplicación de las modalidades de reconexión son las definidas en el artículo 5º de la norma "Condiciones de Aplicación de Corte y Reconexión de Suministros en Concesiones de Distribución de Gas Natural", aprobada mediante Resolución Nº 0664-2008-OS/CD. Artículo 3º.- Actualización de los cargos de Inspección, Supervisión y Habilitación de la instalación interna de los consumidores mayores a 300 m3/mes, y Reconexión por retiro de componentes de acometida de consumidores residenciales y comerciales Los valores indicados en los Artículos 1º y 2º de la presente Resolución, serán actualizados mediante la aplicación de la siguiente fórmula de actualización: T1i = T0i x FA Donde: T1i : T0i : FA: Tarifa aplicable luego de efectuar la actualización. Tarifa aprobada en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución. Factor de Actualización de Costos Unitarios. Fórmula (1)

La determinación del valor del Factor de Actualización de Costos Unitarios (FA), se efectuará de acuerdo a lo siguiente: FA = IPMa / IPMo Fórmula (2)

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