Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2016 (29/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 29 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581795

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO
Aprueban el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 051-2016-MDC Cajaruro 23 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión ordinaria de concejo de fecha 18 de febrero de 2016, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades Distritales son organismos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el desarrollo integral de su jurisdicción, en asuntos de su competencia con sujeción a Ley; Que, el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el concejo municipal tiene atribuciones para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas municipales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, Que, el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley 27444 Ley del Procedimiento General concordante con el artículo 38º de la misma norma, dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente en el caso de los gobiernos locales, mediante ordenanza municipal, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, se efectuó la revisión del Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) por las diversas

áreas administrativas, formulando sus observaciones las que posteriormente fueron subsanadas por la municipalidad recurrente, por lo que debe procederse a su aplicación. Que, Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) se encuentra adecuado a la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y sus modificatorias y los Decretos Supremos Nº 008-2013-VIVIENDA, Nº 012-2013-VIVIENDA y la Resolución de Concejo Directivo Nº 042-2011-SUNASSCD, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976, Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones, Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, Norma que aprueba la relación de autorizaciones de las entidades del poder ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Decreto Supremo Nº 006-2013-PCM, Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión del país. Que, visto en sesión de concejo de fecha 18 de febrero de 2016, el informe Nº 007-2016/MDC-GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 002-2016/GPP-MDC, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto donde solicitan aprobación de ordenanza municipal del Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad del Distrito de Cajaruro, Que, atendiendo a lo antes expuesto y en estricto cumplimiento del acuerdo de concejo y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el concejo municipal por unanimidad aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, de la Municipalidad Distrital de Cajaruro que contiene un total de 153 procedimientos que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que están contenidos en la ordenanza Municipal Nº 05-99, de fecha 25 de junio de 1,999, sus modificatorias y todas las disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Notifíquese la presente ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad y a las instancias correspondientes. Regístrese, publiquese, comuníquese y cúmplase. FELIPE CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1360449-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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