Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2016 (12/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

586968 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Jueves 12 de mayo de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que modifica el Sistema Vial Metropolitano incorporando un paso a desnivel en la intersección de la Av. Garcilaso de la Vega, Av. 28 de Julio, Av. Arequipa y Av. República de Chile
ORDENANZA N° 1956 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANA ENCARGADA DE LA ALCALDÍA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 5 de mayo de 2016, los Dictámenes N° 30-2016-MMLCMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y N° 03-2016-MMLCMCDCyTU de la Comisión Metropolitana de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL SISTEMA VIAL METROPOLITANO INCORPORANDO UN PASO A DESNIVEL EN LA INTERSECCIÓN DE LA AV. GARCILASO DE LA VEGA, AV. 28 DE JULIO, AV. AREQUIPA Y AV. REPÚBLICA DE CHILE Artículo Primero.Aprobar la propuesta de Modificación del Sistema Vial Metropolitano incorporando un Paso a Desnivel en la intersección de la Av. Garcilaso de la Vega, Av. 28 de Julio, Av. Arequipa y Av. República de Chile, así como modificar las Secciones Viales Normativas de las Avenidas Garcilaso de la Vega, Arequipa, República de Chile - Arenales, 28 de Julio y Petit Thouars, según las Láminas Nos. 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, que como Anexo, forman parte integrante de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo Segundo.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modificaciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modificación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- En aplicación de lo dispuesto por la Ordenanza N° 1894-MML, las entidades competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuarán el control urbano necesario para cautelar el derecho de vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas reservadas. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 5 de mayo de 2016 CARMEN PATRICIA JUAREZ GALLEGO Teniente Alcalde Encargada de la Alcaldía 1378259-1

Aprueban ejecución de expropiación y el valor de tasación de inmueble afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima - Tramo Ramiro Prialé
ACUERDO DE CONCEJO N° 128 Lima, 5 de mayo de 2016 Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 5 de mayo de 2016, el Memorando N° 773-2016-MML-GMM, de la Gerencia Municipal Metropolitana, mediante el cual se eleva a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación de la Expropiación y el Valor de Tasación de un inmueble que se encuentra afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima ­ Tramo Ramiro Prialé, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1192; y, CONSIDERANDO: Que, las disposiciones generales aplicables para la promoción de la inversión privada están contenidas en el Decreto Legislativo N° 1224, que aprueba el Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 410-2015-EF; Que, a través de la Ordenanza N° 867 se aprobó el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, marco normativo para que la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales de su jurisdicción promuevan la inversión privada; Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 18) del artículo 170-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 812, corresponde a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada representar a la institución en los Contratos de Participación de la Inversión Privada en los cuales ésta sea parte; Que, el 9 de enero de 2013, la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de Concedente y la empresa Rutas de Lima S.A.C, en calidad de Concesionario, suscribieron el Contrato de Concesión del Proyecto Vías Nuevas de Lima (en adelante, el Contrato de Concesión); Que, mediante Resolución de Gerencia N° 119-2013-MML-GPIP, de fecha 02 de diciembre de 2013, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada aprobó el Anteproyecto de Diseño Geométrico Vial Urbano correspondiente a las obras obligatorias del Tramo Ramiro Prialé del Contrato de Concesión, estudio que de acuerdo a la cláusula 1.45 del contrato contiene el desarrollo a nivel de levantamiento topográfico específico y anteproyecto del trazo horizontal y vertical, delimitando el área de concesión, en base a lo cual se determinaron los inmuebles afectados por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima ­ Tramo Ramiro Prialé (en adelante el proyecto); Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70° de la Constitución Política del Perú: "El derecho de propiedad es inviolable. (...) A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. (...)."; Que, en concordancia con el precepto constitucional, en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, publicada el 22 de mayo de 2013, se declaró de necesidad pública la ejecución del proyecto, al ser considerado como una obra de infraestructura de interés nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución;

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