Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

588113

DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma del Proceso del Presupuesto del Distrito de Santa Anita, para el Año Fiscal 2017, como se indica a continuación: Fechas Una vez aprobada la 1. Sensibilización y difusión a nivel distrital Ordenanza que autoriza el proceso 2. Convocatoria de Agentes Participantes 25/05 al 01/06 del 2016 3. Inscripción de Agentes Participantes 01/06 al 07/06 del 2016 4. Publicación de Agentes Participantes 10/06 del 2016 5. Talleres de Trabajo: 5.1 Fase de identificación y Priorización 16/06 del 2016 de Problemas (Ejes Temáticos) 5.2 Fase de Taller de Priorización de 21/06 del 2016 Proyectos de Inversión 5.3 Fase de Formalización de Acuerdos 28/06 del 2016 y Compromisos (Plenario) 5.4 Fase de Rendición de Cuentas 08/07 del 2016 Articulo Segundo.- Encargar la supervisión y el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia General y Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1385093-1 Secuencia del Proceso

- Que, el Reglamento de Aplicación de Sanciones tiene por finalidad crear actitud cívica orientada al cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones que permita la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo integral y armónico en el distrito de Mi Perú. - El presente Reglamento tiene por objeto establecer un régimen para la investigación, constatación de infracciones e imposición de sanción en cumplimiento de las obligaciones administrativas, contenidas en los dispositivos legales de alcance local y/o nacional, según corresponda. - La Gerencia de Seguridad Ciudadana a través de la Subgerencia de Fiscalización, se encargara de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales; cuenta con atribuciones para planificar, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fiscalización, así como, las actividades de investigación, difusión y de control de sanciones. Que, con Memorándum Nº 001-2016/MDMP-GSC, el Gerente de Seguridad Ciudadana, remite la Propuesta del Reglamento de Aplicación de Sanciones, para ser elevado al Colegiado Edil. Que, mediante el Informe Nº 024-2016-MDMP/GDU, el Gerente de Desarrollo Urbano, anota que no encuentra observaciones al presente Proyecto. Que, a través del Informe Nº 050-2016-MDMP/GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica, señala lo siguiente: - Que, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, según su modificatoria de Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional. - Que, de conformidad con lo prescrito por el Artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas determinan el Régimen de Sanciones por la infracción a sus disposiciones, estableciendo una escala de Multas, en función el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones y a la Escala de Categorías de los Establecimientos que generan actividad económica, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; - Que, el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones tiene por finalidad establecer las disposiciones generales orientadas a estructurar el procedimiento sancionador, garantizando al ciudadano la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales. - Que, a través del procedimiento de fiscalización, la Subgerencia de Fiscalización de la Municipalidad de Mi Perú, realiza operativos e inspecciones para fiscalizar y cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas, así como, detectar e imponer las sanciones por las infracciones cometidas. - Que, a fin de dotar de eficacia y celeridad a la función municipal, es necesario regular de manera integral el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) que regule la Función Fiscalizadora de la Municipalidad de Mi Perú, el cual normará la competencia de los órganos de línea, el procedimiento de fiscalización, imposición y ejecución de las sanciones administrativas. - Por dichas consideraciones, la Gerencia de Asesoría Jurídica no encuentra impedimento legal para la aprobación de la propuesta de Ordenanza del Reglamento de Aplicación de sanciones (RAS), no encontrando observación alguna a la misma. Que, habiendo sido revisado y evaluado la Propuesta para el Reglamento General de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento del distrito de Mi Perú, por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto, mediante Dictamen Nº 02-2016-CDSC y CEAPyP- MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar la anotada propuesta. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Nº28607, establece que las Municipalidades provinciales y

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) del distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 016-MDMP Mi Perú, 12 de mayo de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 002-2016-MDMP-SCHT, de la Subgerencia de Fiscalización, el Memorándum Nº 001-2016/MDMP-GSC, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través del cual remite el Proyecto de Ordenanza de "Reglamento de Aplicación de Sanciones" del distrito de Mi Perú, el Informe Nº 024-2016-MDMP/GDU, presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 050-2016-MDMP/GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica y el Dictamen Conjunto Nº 02-2016-CDSC y CEAPyP-MDMP, emitido por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, a través Informe Nº 002-2016-MDMP-SCHT, la Subgerencia de Fiscalización, señala que:

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