Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2016 (05/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 5 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Primero. Que la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción hace extensiva a este Poder del Estado la invitación formulada por la Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), a la reunión del "Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública (Working Party of Senior Public Integrity Oficials-SPIO), que se desarrollará los días 3 y 4 de noviembre del presente año, en la ciudad de París, Francia. Segundo. Que la mencionada actividad se realizará bajo el marco del acuerdo firmado entre el Estado peruano y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para la implementación del "Programa País", que establece los compromisos asumidos por el Perú respecto a tres tipos de actividades: i) El estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad; ii) La adhesión a prácticas, estándares e instrumentos legales internacionales; y iii) La participación en las sesiones de diversos comités, foros y grupos de trabajo de la OCDE. Tercero. Que, al respecto, la referida Comisión como punto focal en temas anticorrupción del Estado peruano, ha sido responsable de coordinar el "Estudio de Integridad en el Sector Público del Perú" (Integrity Review of Peru), que tiene como objetivo evaluar políticas y sistemas de integridad y anticorrupción del gobierno peruano, en base a las normas y práctica de la OCDE; cuya elaboración ha comprendido tres etapas: a) El desarrollo de un cuestionario dirigido a diversas instituciones públicas y privadas; b) La visita in situ de una misión de expertos de la OCDE para complementar y verificar la información obtenida; c) La presentación del informe preliminar y realización de un taller para recoger las apreciaciones, comentarios y sugerencias de los principales actores. Cuarto. Que, en ese contexto, resulta de interés institucional la participación de un Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; por cuanto en el referido evento se intercambiarán experiencias de la realidad jurídica de otros países, lo que contribuirá a mejorar e innovar el sistema judicial peruano. En tal sentido, teniendo en cuenta que este Poder del Estado realiza acciones para mejorar el servicio de impartición de justicia, se ha designado al señor Víctor Roberto Prado Saldarriaga, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que participe en la mencionada reunión de trabajo. Quinto.- Que el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula el giro de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos. Por lo que resulta pertinente autorizar el giro de viáticos y assist card según la escala de viáticos aprobada por la citada normativa. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Víctor Roberto Prado Saldarriaga, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 2 al 5 de noviembre del año en curso, para que participe en la reunión del "Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública", que se llevará a cabo en la ciudad de Paris, Francia; concediéndosele licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- Los gastos de instalación y viáticos, así como pasajes aéreos y assist card, estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: US$ Gastos de instalación y viáticos Pasajes aéreos Assist card : 2,160.00 : 1,596.00 : 28.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Juez Supremo designado, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VICENTE RODOLFO WALDE JÁUREGUI Presidente (e) 1450031-1

Establecen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de Sullana, con efectividad a partir del 1 de noviembre de 2016
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 276-2016-CE-PJ Lima, 19 de octubre de 2016. VISTOS: Los Oficios Nºs. 429-2016-ETI-CPP-PJ, 2473-20156-CSJSU-PJ y 9821-2016-CE-PJ, cursados por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, y el señor Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana remite a este Órgano de Gobierno el informe técnico, que sustenta su solicitud de creación o conversión de un Juzgado de Investigación Preparatoria y un Juzgado Penal Unipersonal Especializados en delitos de Corrupción de Funcionarios, con competencia en todo el Distrito Judicial de Sullana, que comprende las Provincias de Sullana, Talara y Ayabaca. Segundo. Que el Presidente de la mencionada Corte Superior también remite el oficio cursado por el Fiscal Superior Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Sullana, por el cual adjunta el Informe Nº 0062016, elaborado por el Fiscal Provincial Coordinador de las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana, quien refiere que dichas fiscalías se encuentran centralizadas en la Provincia de Sullana lo que ocasiona que los señores Fiscales tengan que trasladarse con las carpetas fiscales a las audiencias que se tramita en otras provincias; ocasionando percances constantes, por lo que existe la necesidad de contar con un Juzgado Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios para la Provincia de Sullana. Tercero. Que, por lo tanto, del análisis realizado a los Juzgados Penales de Sullana respecto a los estándares de producción; y ante la solicitud de la Fiscalía Especializada en Corrupción de Funcionarios, el Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal considera viable lo solicitado por el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en convertir el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Sullana en adición Juzgado Penal Liquidador, en Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios en adición Juzgado Penal Liquidador; y con competencia en todo el Distrito Judicial de Sullana. Asimismo, la conversión del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Sullana en Juzgado Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios; y con competencia en todo el Distrito Judicial.

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