Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2016 (05/11/2016)


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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de noviembre de 2016 /

El Peruano

3.6 Sistema de Recolección de Datos: Sistema de control remoto utilizado para recolectar información de parámetros operativos en tiempo real desde sensores u otros similares instalados en las Instalaciones de Gas Natural y graficarla en los monitores para el control y supervisión de las operaciones. Sirve para activar los sistemas de protección, paradas automáticas y/o válvulas de bloqueo en casos de accidentes o emergencias, su actividad se desarrolla las 24 horas de todos los días del año. 3.7 Tiempo Real: Es el tiempo para la actualización de la señal desde la correspondiente Sala de Control de la Empresa Supervisada al CSO. El tiempo de envío no debe ser mayor a los 30 segundos. TÍTULO SEGUNDO DE LA INFORMACIÓN A SER ENTREGADA EN TIEMPO REAL Artículo 4.Supervisadas Obligaciones de las Empresas

línea de gas natural licuado producido en plantas de licuefacción. j) Volumen y/o porcentaje de nivel existente de gas natural licuado en los tanques de almacenamiento. k) Señales de alarma de emergencia en las plantas de procesamiento, fraccionamiento y licuefacción de gas natural. Artículo 7.- Información de las actividades de transporte por ductos Las Empresas Supervisadas que realizan actividades de transporte por ductos de gas natural y de líquidos de gas natural deben entregar en Tiempo Real al CSO la siguiente información: a) Los valores de presión del ducto, en el ingreso y salida de las estaciones (incluye válvulas de bloqueo) existentes. b) Los valores de presión del ducto, en los puntos de entrega a los usuarios existentes. c) Los valores de volumen de entrega a los usuarios existentes. d) Los valores de volumen del linepack del ducto. e) Los valores de caudal del ducto en las estaciones existentes. f) Los valores de caudal, en los puntos de entrega de los usuarios existentes. g) Los valores de temperatura del ducto, en el ingreso y salida de las estaciones (incluye válvulas de bloqueo) existentes. h) Los valores de temperatura, en los puntos de entrega a los usuarios existentes. i) Las señales de alarma de emergencia del sistema de transporte. Artículo 8.- Información Adicional Osinergmin puede coordinar con las Empresas Supervisadas la entrega de información en Tiempo Real de las operaciones de sus Instalaciones de Gas Natural, adicional a la señalada en los artículos precedentes, que se encuentre contenida en sus Sistemas de Recolección de Datos. TÍTULO TERCERO DE LA INFRAESTRUCTURA Artículo 9.- De las Comunicaciones 9.1 El CSO debe contar con un Sistema de Recolección de Datos que permita y facilite la recepción en Tiempo Real de la información remitida por las Empresas Supervisadas, durante las 24 horas todos los días del año. 9.2 Las Empresas Supervisadas para el envío de información deben seguir los protocolos de comunicación, las especificaciones técnicas mínimas de calidad, las condiciones para la recepción de información en Tiempo Real, la sincronización horaria, señalización horaria de los cambios de estado, entre otros, que se detallan en el Anexo de la presente Norma, los mismos que son de obligatorio cumplimiento por parte de las Empresas Supervisadas. TÍTULO CUARTO SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 10.- De las infracciones Los incumplimientos a las disposiciones de la presente Norma, incurren en ilícito administrativo sancionable de acuerdo a lo establecido en la Tipificación y Escala de Sanciones aprobada por Osinergmin. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Establecer un plazo de implementación de ciento ochenta (180) días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente Norma a efectos que las Empresas Supervisadas cumplan con las presentes disposiciones. En tanto se implemente el envío de información en Tiempo Real, las Empresas Supervisadas que Osinergmin

4.1 Las Empresas Supervisadas están obligadas a cumplir con suministrar la información, en Tiempo Real, que requiera Osinergmin de sus Sistemas de Recolección de Datos para la supervisión de las operaciones de las Instalaciones de Gas Natural conforme lo señala la presente Norma. La información remitida tiene el carácter de confidencial y es utilizada únicamente por Osinergmin para el desarrollo de sus funciones. 4.2 Las Empresas Supervisadas deben proporcionar a Osinergmin la ubicación geográfica con coordenadas UTM, a fin que Osinergmin instale las líneas de comunicación para la entrega de información de la Sala de Control al CSO, así como brindar las facilidades para su instalación y funcionamiento. Artículo 5.- Información de las actividades de explotación Las Empresas Supervisadas que realizan actividades de explotación deben entregar en Tiempo Real al CSO la siguiente información: a) Producción de gas natural húmedo por Lote de producción. b) Volumen de gas natural seco reinyectado a cada Lote. c) Señales de alarma de emergencia en las instalaciones de superficie. Artículo 6.- Información de las actividades de procesamiento Las Empresas Supervisadas que realizan actividades de procesamiento deben entregar en Tiempo Real al CSO la siguiente información: a) Flujo, presión, temperatura y cromatografía en línea del gas natural húmedo que ingresa a la Planta por tren de procesamiento. b) Flujo, presión, temperatura y cromatografía en línea del gas natural seco producido y/o entregado por tren de procesamiento. c) Flujo, presión, temperatura y cromatografía en línea de líquido de gas natural producido y/o entregado por tren de procesamiento. d) Flujo, presión, temperatura y cromatografía en línea de líquido de gas natural que ingresa a la Planta por tren de fraccionamiento. e) Volumen y/o porcentaje de nivel existente del líquido de gas natural almacenado en plantas de procesamiento y/o fraccionamiento. f) Flujo, presión y temperatura de productos obtenidos en plantas de procesamiento de gas natural y en plantas de fraccionamiento de líquidos de gas natural. g) Volumen y/o porcentaje de nivel existente en tanques de almacenamiento de los líquidos producidos en plantas de fraccionamiento de LGN. h) Flujo, presión, temperatura y cromatografía en línea de gas natural seco que ingresa a la planta de licuefacción. i) Flujo presión, temperatura y cromatografía en

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