Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 12 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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de 2016; y la Memoranda (OCI) N.° OCI00315/2016 del Órgano de Control Institucional, de 28 de octubre de 2016; y (OPR) N.° OPR0320/2016 de la Oficina de Programación y Presupuesto de 7 de noviembre de 2016 que otorga la certificación de crédito presupuestario para el presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios de la señora Dolly Violeta Trinidad Virhuez, auditora del Órgano de Control Institucional, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, para participar del 13 al 17 de noviembre de 2016 en la visita de inspección a la obra mencionada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 12 al 18 de noviembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000537 Control y Auditoria, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 1 299,00 Viáticos por día US$ 370,00 Total viáticos US$ 2 220,00

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1452563-1

Delegan en el Secretario General la facultad de oficializar mediante resolución el carácter internacional de eventos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1014/RE-2016 Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTA: La Hoja de Trámite (GAB) N° 1329, de 28 de octubre de 2016, del Despacho Ministerial; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2001-RE se estableció que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la entidad del Gobierno Central encargada de otorgar carácter internacional a cualquier asamblea, conferencia, congreso o seminario que se realice en el territorio de la República, con la participación de delegaciones extranjeras; Que, en el referido Decreto Supremo, modificado por el Decreto Supremo N° 083-2016-RE, se prevé que los interesados en la realización de un evento internacional en el Perú, dirigirán una solicitud para su oficialización al sector del Gobierno Central al que corresponda el carácter de la reunión. Si este sector considera que la realización del evento implica un aporte a los intereses del Estado, transmitirá la solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual, de considerarlo conveniente, oficializará el carácter internacional del evento mediante resolución ministerial o resolución emitida por el órgano a quien se delegue dicha facultad.

Nombres y Apellidos Dolly Violeta Trinidad Virhuez

Número De días 5+1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada auditora deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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