Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 12 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 104-2016-COFOPRI/DE del 06 de octubre de 2016, se encargó a partir del 06 de octubre de 2016, al señor Oscar Alfonso Tarazona Yábar las funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Lima - Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura referida en el considerando precedente, y a fin de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que lleva a cabo la Oficina Zonal de Lima - Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el cargo de Jefe de la citada Oficina Zonal; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que la contratación del personal directivo establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, se encuentra excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo, siendo que este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos de Visto, la plaza de Jefe de la Oficina Zonal Lima ­ Callao N° 146, se encuentra dentro del Presupuesto Analítico de Personal de COFOPRI aprobado por Resolución Directoral N° 046-2016-COFOPRI/DE del 18 de mayo de 2016 y en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Entidad, bajo la clasificación ocupacional Empleado de Confianza - EC, procediendo emitir el acto de administración para la designación del personal bajo el régimen especial Contratación Administrativa de Servicios, en la modalidad de CAS de Confianza; Con el visado de la Secretaría General, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27594, 28175 y 29849, el Decreto Legislativo N° 1057 y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura del señor Oscar Alfonso Tarazona Yábar en las funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Lima Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, al señor Pedro Yalico Arenas en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Lima ­ Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por Decreto Legislativo Nº 1057, en la modalidad de CAS de Confianza. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, adoptar las acciones para la suscripción del contrato administrativo de servicio correspondiente, de acuerdo a la normativa aplicable. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional: www.cofopri.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QUILCATE TIRADO Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 1452469-2

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban el Precio Máximo Alternativo para el Servicio Integral de Instalación Interna domiciliario para un punto empotrado o a la vista, que se aplicará en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao y en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Ica
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 251-2016-OS/CD Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTOS: Los Informes N° 698-2016-GRT y N° 704-2016GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante "Ley FISE"), cuyo Artículo 5 señala que el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante "FISE") será destinado, entre otros, para la masificación del uso del gas natural (residencial y vehicular) de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas; Que, con fecha 14 de junio de 2016, se publicó el Decreto Supremo N° 012-2016-EM (en adelante "Decreto 012") a través del cual se modificó el Reglamento de la Ley Nº 29852 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante "Reglamento FISE") en lo referido al esquema aplicable para la promoción de nuevos suministros residenciales en el marco del objetivo de masificación del uso del Gas Natural; Que, con las modificaciones al Reglamento FISE, efectuadas mediante Decreto Supremo N° 012-2016EM, se estableció que el FISE puede cubrir los costos del Servicio Integral de Instalación Interna, el cual comprende al conjunto de instalaciones que permiten el suministro de Gas Natural desde las redes de Distribución hasta el interior del predio del usuario, más los servicios de difusión de la información, capacitación de los beneficiarios, elaboración de documentos, revisión y acondicionamiento de artefactos del Usuario FISE, entre otros; Que, por otra parte de acuerdo con el el Artículo 5° del Decreto 012, le compete a Osinergmin, aprobar un precio máximo para el Servicio Integral de Instalación Interna, teniendo en cuenta, entre otros, las especificaciones técnicas definidas por el Administrador FISE; Que, en cumplimiento del encargo mencionado, mediante Resolución N° 167-2016-OS/CD, Osinergmin determinó el precio máximo del Servicio Integral de Instalación Interna a ser cubierto por el FISE, y en sus informes sustentatorios se precisó además que, conforme al Reglamento FISE, dicho precio será aplicable durante la vigencia del Plan Anual de Promociones 2016, es decir, a las promociones que se otorguen entre el 04 de julio y el 31 de diciembre de 2016; Que, el Administrador FISE remitió el Informe N° 082-2016-PRFISE, solicitando la determinación de un Precio Máximo del Servicio Integral de Instalación Interna

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