Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2016 (15/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 15 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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se realiza, por Resolución Ministerial en los casos de Organismos Públicos; Que, la Oficina General de Recursos Humanos, en el marco de su competencia, ha emitido opinión técnica favorable al CAP Provisional del CONADIS, elaborado por el órgano responsable del citado Organismo Público, así como el Informe Técnico que lo sustenta, en atención a lo establecido en la mencionada Directiva; Que, con Memorando N° 656-2016-MIMP/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo el Informe Nº 004-2016-MIMP/OGPP-OMICRE de la Oficina de Modernización Institucional, el cual concluye señalando, entre otros aspectos, que la propuesta formulada por el CONADIS es concordante con la estructura orgánica aprobada por el Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS razón por la cual emite su opinión técnica favorable para continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, mediante Informe Nº 160-2016-SERVIR/ GDSRH, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR ha emitido opinión técnica favorable al Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del CONADIS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, el Decreto Supremo N° 0022016-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012MIMP y modificatorias, el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, y modificatorias se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Porta Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1453470-3

Vistos, el Memorando Nº 647-2016-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 301-2016-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Beneficencias Públicas, el Memorando Nº 644-2016MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 331-2016-MIMP/OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto y el Memorando N° 12842016-MIMP/OGA de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la finalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo y abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; norma que a través de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la forma y plazo en el que las Sociedades de Beneficencia Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas continuará transfiriendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, la cual establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros; Que, a través del artículo 15 de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias financieras a favor de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de su competencia, para el pago de remuneraciones y pensiones; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP y modificatorias, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Beneficencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando Nº 647-2016-MIMP/DGFC del 2 de noviembre de 2016, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en atención al Informe Nº 301-2016-MIMP-DGFC-DIBPAACG de la Dirección de Beneficencias Públicas, solicita la transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31)Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 40/100 SOLES (S/ 472 191,40), para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de noviembre de 2016; Que, con Memorando Nº 644-2016-MIMP/OGPP del 8 de noviembre de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 331-2016-MIMP/ OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable para la transferencia financiera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de noviembre de 2016, por lo que otorga la disponibilidad

Aprueban transferencia financiera a favor de diversas Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de noviembre de 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2016-MIMP Lima, 14 de noviembre de 2016

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