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605382 NORMAS LEGALES Martes 29 de noviembre de 2016 / El Peruano DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Única.- La presente Ordenanza se encuentra en concordancia con la nueva estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1458352-1 Prorrogan plazo de la Ordenanza N° 12-2016- MPH que estableció la campaña “Beneficios para el Pago de las Deudas Tributarias” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2016-MPH Huaral, 25 de noviembre del 2016 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: El informe Técnico Nº 024-2016-MPH-GRAT emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 1018-2016-MPH-GAJ emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modifi catorias, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante la Ordenanza Municipal Nº 012-2016-MPH, estableció la Campaña “BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS”, que incentiva el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias, siendo publicada con fecha 29 de octubre de 2016 en el Diario Ofi cial El Peruano y vigente desde el día siguiente; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria de la mencionada ordenanza se faculta a la Alcaldesa para que, de considerarlo necesario, mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prórroga de la vigencia de los alcances señalados dicha Ordenanza; Que, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de acuerdo a los informes del visto; Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de las atribuciones en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Organica de Municipalidades – Ley Nº 27972 DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR el plazo establecido en el Artículo Tercero y la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 012-2016-MPH, por 30 días calendarios. Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, debiéndose de publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe) Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Secretaria General, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, Subgerencia de Imagen Institucional, el fi el cumplimiento del presente Decreto, según sus propias competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1458355-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN