Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2016 (09/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 9 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601249

Aprueban conformación del Comité Electoral del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del distrito de Ate, y su cronograma de elecciones, periodo 2017-2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 033-2016/MDA Ate, 22 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 343-MDA; el Informe Nº 1652016-MDA/GDSC/SGBSF/DNASC de la Responsable de la DEMUNA ATE Sede Santa Clara; el Informe Nº 1402016-MDA/GDS-SGBSF de la Sub Gerencia de Bienestar y Social y Familia; el Informe Nº 245-2016-MDA/GDSC de la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural; el Proveído Nº 1230-2016-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen funciones referidas a difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales conforme lo dispuesto en el artículo 73º, numeral 6.4, y el artículo 84º, numeral 3.1. de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 13º del Código de los Niños y Adolescentes, Ley Nº 27337, estipula que el niño, niña y el adolescente tienen libertad de asociarse con fines lícitos y a reunirse pacíficamente, y que sólo los adolescentes podrán constituir personas jurídicas de carácter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los niños adherirse a dichas asociaciones. Asimismo, estas asociaciones son reconocidas por los gobiernos locales y pueden inscribirse en los Registros Públicos por el sólo mérito de la Resolución Municipal de Reconocimiento; Que, mediante Informe Nº 165-2016-MDA/GDSC/ SGBSF/DNASC, la responsable de la DEMUNA ATE Sede Santa Clara señala que con Ordenanza Nº 343MDA de fecha 29 de mayo del 2014, publicado en el Diario "El Peruano" de fecha 11 de junio del 2014, se aprobó la Ordenanza que aprueba la Creación del Consejo Consultivo de niñas niños y adolecentes del Distrito de Ate ­ CCONNA-ATE; asimismo, con Decreto de Alcaldía Nº 026 de fecha 22 de agosto del 2014, se aprueba el REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES DEL DISTRITO DE ATE ­ CCONNA-ATE, el cual señala en el Capítulo II, Artículo 6º, inciso b) que los integrantes del CCONNA-ATE, representan a todos los Niños, Niñas y Adolescentes de Ate, sin excepción alguna por el periodo de dos años, habiendo concluido el periodo de vigencia. En el Capítulo IX referido al Proceso Electoral del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolecentes de Ate, en su artículo 31º señala que el Comité Electoral deberá estar conformado por seis miembros (dos por cada una de las instancias participantes: Organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes, instituciones que trabajan en niñez y adolescencia en la jurisdicción del distrito de Ate y representantes de la municipalidad), el Comité Electoral se encargará de convocar a elecciones, mediante encuentro en los diferentes grupos, espacios y formas de organización de niñas, niños y adolescentes inscritos en el Registro de NNA; solicitando se apruebe la Conformación del Comité Electoral CCONNA ­ ATE y aprobar el Cronograma de Elecciones periodo 2017-2019; Que, mediante Informe Nº 245-2016-MDA/GDSC, la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural señala que ha concluido el periodo de vigencia de los integrantes del

Consejo Consultivo, solicitando que a través del Decreto de Alcaldía respectivo, se conforme el Comité Electoral del CCONNA ­ ATE y se apruebe el Cronograma de Elecciones 2017-2019, concordante al Informe Nº 140-2016-MDA/GDSSGBSF de la Sub Gerencia de Bienestar y Social y Familia; Que, en el Artículo Undécimo de la Ordenanza Nº 343MDA de fecha 29 de mayo del 2014, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que reglamenten la presente Ordenanza; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído Nº 1230-2016-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL Artículo 20º Y EL Artículo 42º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; la CONFORMACION DEL COMITÉ ELECTORAL DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES DEL DISTRITO DE ATE ­ CCONNA-ATE; de acuerdo al artículo 31º del REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES DEL DISTRITO DE ATE ­ CCONNA-ATE, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 026 de fecha 22 de agosto del 2014; el mismo que estará integrado por: Representantes de Organizaciones de Niñas, Niños y Adolecentes: - Martin Inga Flores - Angie Sulca Calderon CCONNA ATE CCONNA ATE

Representantes de Instituciones que trabajan con la Niñez y Adolecencia en el Distrito de Ate: - Susana Sanchez Ccoyllo Org. Civil MANTHOC - Yuri Hinojosa Effio Otg. Civil AGAPE Representantes de la Municipalidad de Ate: - Rudy Aliaga Castañeda Funcionario de la Municipalidad de Ate - Félix Perez Rojas Funcionario de la Municipalidad de Ate En mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- APROBAR; el CRONOGRAMA DE ELECCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES DEL DISTRITO DE ATE, periodo 2017 ­ 2019, CCONNA-ATE, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- DISPONER; que el presente Decreto de Alcaldía tendrá eficacia anticipada al 01 de agosto del 2016. Artículo 4º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo antes mencionado; encargando a la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, y Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, y demás Unidades Orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1438968-3

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