Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2016 (09/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 9 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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La acreditación de las personas jurídicas deberá ser con los siguientes documentos: · Copia del Acta de Elección en el que los miembros de las Organizaciones de Transportistas de Vehículos Menores que prestan el servicio en el Distrito de Ate, eligen a sus representantes ante la Comisión Técnica Mixta, para lo cual deberá contar con poder inscrito en Registros Públicos (SUNARP); asimismo las organizaciones deberán agrupar mínimamente al 25% de personas jurídicas autorizadas a prestar el servicio de transporte de pasajero y carga en el Distrito de Ate." Artículo 3º.- MODIFÍQUESE; la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 306-MDA que Regula el Servicio de Transporte Público de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores para el Distrito de Ate, debiendo quedar redactada de la siguiente manera: "Séptima.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Fiscalizacion y Control, Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, y demás Unidades Orgánicas que intervengan directa o indirectamente en la implementación de la presente norma." DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- DERÓGUESE; toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Segundo.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Fiscalización y Control, Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, y demás Unidades Orgánicas que intervengan directa o indirectamente en la implementación de la presente norma. Tercero.- ENCARGAR; a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal; asimismo, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusión de la presente Ordenanza. Cuarto.- DISPONER; se publique la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe) Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO; Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1438968-1

Autorizan viaje al exterior de representantes de la Municipalidad, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2016/MDA Ate, 29 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Setiembre del 2016; el Informe Nº 080-2016-MDA/GCRNI de la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe Nº 958-2016-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 0372-2016 y Nº 377-2016-MDA/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica; el Informe Nº 243-2016-MDA/ GPE-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Proveído Nº 2676-2016-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y,

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Nº 080-2016-MDA/GCRNI, la Gerencia de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales señala que la Entidad a través del máximo organismo representativo de los municipios a nivel mundial, Ciudades y Gobiernos Locales Unidos ­ CGLU, realizará el 5º Congreso Internacional del 12 al 15 de Octubre del presente año en la Ciudad de Bogotá - Colombia; asimismo, indica que coincidirá con la Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Urbano Sostenible, organizado por Habitt III, el cual tendrá lugar en Quito - Ecuador del 17 al 20 de octubre de 2016, recalcando que las recomendaciones de Bogotá serán llevadas a la Conferencia de Quito. Dichos eventos son encuentros internacionales que buscan ideas y proyectos para que en las ciudades haya más integración social, mejor movilidad, más seguridad y en general una vida mejor para su habitantes, recomendando se autorice el viaje del señor Alcalde, Teniente Alcalde y el Gerente de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, a la vez señala que la Entidad deberá asumir el costo de billete de avión (Lima ­ Bogotá ­ Quito ­ Lima) y los viáticos de acuerdo a Ley por Nueve (9) días, señalando que se saldrá de Lima el 11 de octubre y se retornará desde Quito el 21 de octubre de 2016; además, se tiene un costo de inscripción al evento por la suma de US$. 500.00 Dólares Americanos, por participante; Que, mediante Proveído Nº 2676-2016-MDA/A, el Despacho de Alcaldía dispone se proceda con los trámites administrativos para la participación del señor Alcalde, el Teniente Alcalde y el Gerente de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales de la Municipalidad Distrital de Ate, en dichos eventos; Que, mediante Informe Nº 958-2016-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que corresponde al Concejo Municipal mediante el Acuerdo de Concejo respectivo, autorice el viaje del señor Alcalde, el Teniente Alcalde y el Gerente de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Corporativo, a la Ciudad de Bogotá (Colombia) y Quito (Ecuador), del 11 al 21 de Octubre del 2016, para asistir y participar en representación del Corporativo en los eventos antes descritos, para lo cual se deberá contar previamente con la certificación presupuestaria correspondiente; Que, mediante Informe Nº 243-2016-MDA/GPESGP, la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación Estratégica precisa la Disponibilidad Presupuestal correspondiente para el referido viaje, con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2016, Partida Específica de Gasto: 2.3.2.1.1.1. ­ Pasajes y Gastos de Transporte por la suma de S/. 12,204.00 Soles y la Específica de Gasto: 2.3.2.1.1.2. ­ Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio, por el importe de S/. 33,866.10 Soles; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numeral 11), indica que es atribución del Concejo Municipal: Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece en su artículo 4º, numeral 4.2., que todo acto administrativo, acto de administración o las Resoluciones administrativas

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