Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de octubre de 2016 /

El Peruano

accionaria de 33.33% cada uno, en Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización, establecidos en los artículos 13º y 14º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe Nº 778-2016-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 14º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, corresponde otorgar la autorización solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 12º de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo Nº 862 y sus modificatorias, el artículo 38º, numeral 5, inciso i), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y su modificatoria. RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a los señores Martín Bedoya Benavides, Juan Carlos Tassara García y Jorge Martín Ruiz Ortiz la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que será denominada "Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A." y que podrá utilizar la denominación abreviada "Core Capital SAFI S.A.". Artículo 2º.- La autorización de organización a que se refiere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución no faculta a Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. para iniciar actividades de administración de fondos de inversión. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La presente resolución deberá publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles. Artículo 5º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución al señor Aldo Ruy Fuertes Anaya, en calidad de representante de los organizadores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 1438182-1

CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, por lo que resulta conveniente designar a la persona que asumirá dicho cargo, el cual es considerado de confianza de acuerdo a la Resolución de Superintendencia Nº 125-2016/SUNAT que aprueba el clasificador de cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT y modificatoria; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor José Antonio Barandiarán Minaya en el cargo de confianza de Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1440004-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque
INTENDENCIA DE ADUANAS Y TRIBUTOS LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 071-024-0003973-2016-SUNAT/1T0000 Chiclayo, 5 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que el Ártículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 0382015/SUNAT/60000 desconcentra en el Intendente de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de la citada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 0382015/SUNAT/60000;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 256-2016/SUNAT Lima, 11 de octubre de 2016

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