Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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conveniente utilizar, como el servicio de mensajes de la empresa Datos Técnicos S.A. (DATATEC), Bloomberg, entre otros. El anuncio incluirá el tipo de SC BCRP, el monto nocional a subastar, la fecha de la subasta, el plazo, la fecha de inicio, la fecha de vencimiento y la hora límite para la recepción de propuestas. Cualquier información adicional relativa a cada subasta podrá ser obtenida por las EP en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Artículo 6. Presentación de propuestas a) Requisitos generales Las propuestas deberán ser presentadas a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, mediante la Plataforma Electrónica de Subastas (PES) de Bloomberg o de DATATEC, según lo establezca el BCRP en la convocatoria correspondiente, en sobres cerrados, por facsímil u otro medio autorizado por el BCRP, dentro del horario establecido en el anuncio de la subasta. El monto total de las propuestas de una EP no deberá exceder el monto nocional a subastar. Si tal exceso ocurriese, el BCRP retirará el excedente, considerando para ello las propuestas de menor tasa en el caso de SC BCRP Compra o las de mayor tasa en el caso de SC BCRP Venta. Cada propuesta deberá contener el monto y la tasa de interés expresada como porcentaje con dos decimales. Las propuestas son irrevocables y la EP es responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación. b) Envío de propuestas mediante la PES La presentación de propuestas mediante la PES se efectúa de acuerdo con el procedimiento establecido por la empresa que la administra. La EP es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso a la PES respectiva, con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a cumplir con el SC BCRP. En el caso que la EP tuviese problemas para el envío de propuestas mediante la PES empleada, es obligación de la EP comunicar dichos inconvenientes al BCRP, para luego poder remitir sus propuestas a través de los medios autorizados por el BCRP, siguiendo los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Estas propuestas deberán enviarse dentro del horario autorizado y sustituirán completamente las propuestas que se hubiesen enviado por la PES. c) Envío de propuestas por otros medios Las propuestas presentadas en sobre cerrado serán entregadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que éste proporcione. Deben estar firmadas por funcionarios que cuenten con poderes suficientes. En el caso de las propuestas enviadas por facsímil deberá señalarse la clave de seguridad que corresponda. Para tal fin, se coordinará con cada institución el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. Cada sobre o facsímil deberá contener una (1) propuesta. Artículo 7. Recepción de propuestas La PES dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su intermedio. El BCRP no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta. La recepción de propuestas remitidas por otros medios autorizados por el BCRP podrá confirmarse por teléfono en el Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Las EP podrán presentar, modificar o retirar sus propuestas hasta la hora límite de recepción indicada en la convocatoria. A partir de dicha hora, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán consideradas en el proceso de adjudicación.

Artículo 8. Procedimiento de adjudicación En los SC BCRP Compra, la adjudicación se efectuará, en primer lugar, a la propuesta que ofrezca la tasa de interés más alta y continuará en orden descendente hasta cubrir el monto nocional de la subasta. En los SC BCRP Venta, la adjudicación se efectuará, en primer lugar, a la propuesta que ofrezca la tasa de interés más baja y continuará en orden ascendente hasta cubrir el monto nocional de la subasta. En el caso que dos o más propuestas tuvieran la misma tasa de interés y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá el remanente en la proporción que corresponda a cada propuesta sobre el total propuesto a la misma tasa. Los montos, así repartidos, serán redondeados al múltiplo de S/ 100 000,00 superior o inferior, según corresponda. El BCRP podrá adjudicar un monto nocional diferente al anunciado para la subasta o declararla desierta. Las propuestas presentadas por una EP que excedan el límite establecido por el BCRP para la tenencia de SC BCRP, no serán consideradas en el proceso de adjudicación. Artículo 9. Comunicación de los resultados Realizada la adjudicación, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera publicará el resultado de la subasta en el portal institucional del BCRP y en los medios que considere conveniente, como Bloomberg, DATATEC, entre otros. El acta con el resultado de la subasta estará a disposición de las EP, en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a partir del día hábil siguiente de su ejecución. Capítulo III. Procedimiento para las colocaciones directas Artículo 10. Colocaciones directas Las colocaciones directas (fuera del mecanismo de subasta), se realizarán con arreglo a las condiciones y características que el BCRP determine. El BCRP indicará en cada caso la disponibilidad de estas operaciones en su portal institucional y en algún otro medio que estime pertinente. El BCRP podrá establecer montos nocionales máximos para las colocaciones directas. Artículo 11. Presentación de las solicitudes a) Las solicitudes deberán ser presentadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, al facsímil que se indique con la clave de seguridad que corresponda. La solicitud deberá presentarse en el formulario que dicho departamento proporcione y estar firmada por funcionarios de la EP que cuenten con poder suficiente. b) El BCRP coordinará con cada institución el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. c) Las solicitudes presentadas serán irrevocables y la EP será responsable de su cumplimiento. d) Las solicitudes deberán ser presentadas en múltiplos de S/ 100 000,00. Artículo 12. Procedimiento de asignación En caso se señale un monto nocional máximo y el monto total solicitado por las EP sea mayor, se procederá a distribuir dicho monto proporcionalmente de acuerdo a las solicitudes de cada EP, tomando en consideración los límites que establezca el BCRP. Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de S/ 100 000,00 superior o inferior, según corresponda. Las propuestas presentadas por la EP que excedan el límite establecido por el BCRP para la tenencia de SC BCRP, no serán consideradas en el proceso de adjudicación. Capítulo IV. Vencimiento y liquidación Artículo 13. Cálculo del pago neto El cálculo para determinar los pagos, expresados en moneda nacional, que cada Parte ha asumido en el

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