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601439 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2016 El Peruano / Visto, el Expediente N° 0163039-2016, el O fi cio N° 1367-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe N° 2263-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ, el O fi cio N° 1490-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29837, modi fi cada por la Ley N° 30281, se creó el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, plani fi cación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29837, faculta al Ministerio de Educación a dictar las disposiciones necesarias para la organización y funcionamiento del referido Programa Nacional; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 29837, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2012-ED, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que el PRONABEC depende del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, con Resolución Ministerial N° 0108-2012-ED, se aprobó el Manual de Operaciones del PRONABEC, el mismo que contiene su marco general; organización y funcionamiento; plan de actividades; procesos de supervisión, seguimiento y evaluación; y su organigrama estructural; Que, mediante el O fi cio N° 1367-2016-MINEDU/ VMGI-PRONABEC el Director Ejecutivo del PRONABEC remitió el Informe N° 2263-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del PRONABEC, a través del cual se sustenta la necesidad de modi fi car el Manual de Operaciones del PRONABEC, con la fi nalidad de ampliar los recursos administrativos que resuelve en última instancia el Director Ejecutivo del referido Programa Nacional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por Ley N° 26510; la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modi fi cada por la Ley N° 30281; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2012-ED; y, el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car el literal m) de las funciones del Director Ejecutivo, del inciso 2.3 del numeral II, Organización y Funcionamiento, del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC, aprobado por Resolución Ministerial N° 0108-2012-ED, en los siguientes términos: “II. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (…) 2.3. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES ESPECÍFICAS (…) DIRECCIÓN EJECUTIVA (…)Son funciones del Director Ejecutivo las siguientes: (…) m) Resolver en última instancia los recursos administrativos que se interpongan contra las resoluciones que emitan los órganos de Apoyo y de Línea del PRONABEC. (…)” Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1440475-3Autorizan Transferencia Financiera a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar el desembolso 2 en el marco del Convenio N° 151-2016-MINEDU, suscrito entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 493-2016-MINEDU Lima, 12 de octubre de 2016CONSIDERANDO Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante Resolución Ministerial Nº 594-2015-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 269 332 782,00 (Doce mil doscientos sesenta y nueve millones trescientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que trans fi ere los recursos, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, con fecha 17 de junio de 2016, el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, suscribieron el Convenio N° 151-2016-MINEDU, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, con el objeto de ejecutar las acciones necesarias y su fi cientes para implementar la Evaluación Censal de Estudiantes - ECE 2016, con el fi n de obtener información con fi able y oportuna de los logros de aprendizajes de los estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular, estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor del INEI hasta la suma de S/ 155 989 554,84 (Ciento cincuenta y cinco millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y cuatro y 84/100 Soles), la cual cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por el INEI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario; Que, mediante Resolución Ministerial N° 332-2016-MINEDU se autorizó una Transferencia Financiera a favor del INEI para fi nanciar el desembolso 1 del Convenio N° 151-2016-MINEDU; Que, con Informe N° 355-2016-MINEDU/SPE-UMC, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, sustenta y solicita se efectúe una transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/ 77 994 777, 42 (Setenta y siete millones novecientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y siete y 42/100 Soles) para fi nanciar el desembolso 2 del Convenio N° 151-2016-MINEDU, conforme a lo establecido en el numeral XV. Informes a entregar y pagos a realizar, del Anexo A del referido Convenio; Que, a través del Informe N° 607-2016-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a