Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 13 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601447

al abogado Raúl Chumacero Gallo como Procurador Público Ad Hoc Titular de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, actualmente Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV; Que, mediante Oficio N° 237-2016-SMV/02 de fecha 09 de agosto de 2016, la Superintendente de Mercado y Valores comunicó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que el mencionado Procurador Púbico Ad Hoc Titular, es un funcionario, sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, estaría cercano a cumplir 70 años de edad y próximo al cese; Que, mediante Sesión Extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propone dar término a la designación del Procurador Púbico Ad Hoc Titular de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, actualmente Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Procurador Público Ad Hoc Titular de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, actualmente Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, abogado Raúl Chumacero Gallo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1440792-4

sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, de conformidad con el artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1068, la defensa jurídica del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, el artículo 25 del Decreto Legislativo antes acotado estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema N° 118-2015JUS, se designó al abogado David Miguel Dumet Delfin como Procurador Público Ad Hoc, para que ejerza la defensa del Estado peruano, en la Petición N° 1319-10 ­ Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH; Que, asimismo el numeral 14.3 del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1068, determina que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propondrá al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos Ad Hoc y de los Procuradores Públicos Ad Hoc Adjuntos del Poder Ejecutivo, en los casos que así la necesidad lo requiera; Que, mediante Sesión de fecha 23 de agosto de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado ha propuesto dar por concluida la designación del abogado David Miguel Dumet Delfin como Procurador Público Ad Hoc y designar en su reemplazo al abogado Carlos Enríque Peláez Camacho, como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano, en la referida Petición; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor abogado David Miguel Dumet Delfin como Procurador Público Ad Hoc, en la Petición N° 1319-10 ­ Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor abogado Carlos Enríque Peláez Camacho, como Procurador Público Ad Hoc, en la Petición N° 1319-10 ­ Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1440792-5

Designan Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano en la Petición Nº 1319 - 10 - Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la CIDH
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 182-2016-JUS Lima, 12 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, y mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.