Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 13 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior así como promover los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural; Que, las Resoluciones Supremas N° 0172 y N° 0568, del 28 de abril de 1988 y del 07 de diciembre de 1990, respectivamente, establecen y definen la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas, a cargo de funcionarios de carrera y honorarios, en los Estados Unidos Mexicanos; Que, mediante Nota N° 5-19-M/121, del 19 de mayo de 2016, la Embajada del Perú en la Ciudad de México solicitó ante la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos el consentimiento de su Gobierno a la propuesta de reestructuración de la circunscripción de las tres Oficinas Consulares peruanas en el territorio de dicho país; Que, a través de las Notas PRO-12037 y PRO11492, del 30 y el 18 de agosto de 2016, la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos manifestó su consentimiento para proceder con la modificación de la circunscripción de las tres Oficinas Consulares del Perú en territorio mexicano, considerando que dicho cambio facilitará las atenciones en beneficio de la comunidad de peruanos en ese país; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares y del Consulado General del Perú en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; De conformidad con lo dispuesto la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, en el artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; así como en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 05 de octubre de 2005; DECRETA: Artículo 1.- Establecer la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas en los Estados Unidos Mexicanos de la siguiente manera:
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SEDE DE LA OFICINA CONSULAR CIRCUNSCRIPCIÓN DE LA OFICINA CONSULAR

Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 219-2016-RE Lima, 12 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N.° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Juan Castañeda Méndez. Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1440788-16

Con circunscripción en los Estados de Aguascalientes, Baja California Norte, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Consulado General en la Ciudad Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Estado de México de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México. Consulado en Guadalajara Consulado en Monterrey Con circunscripción en el Estado de Jalisco. Con circunscripción en el Estado de Nuevo León.

Delegan en el Ministro de Transportes y Comunicaciones, las facultades suficientes para que suscriba el Convenio entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 220-2016-RE Lima, 12 de octubre de 2016 Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 3626, de fecha 03 de octubre de 2016, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; el Memorándum (DGC) N° DGC0975/2016, de fecha 30 de setiembre de 2016, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Oficio N° 19792016-MTC/04, de fecha 22 de setiembre de 2016, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Debiéndose suscribir el Convenio entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de Licencias de Conducir; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007;

Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1440788-6

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