Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

601494

NORMAS LEGALES

Jueves 13 de octubre de 2016 /

El Peruano

Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no otorgará nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión basado en la tecnología analógica a partir de la entrada en vigencia de la citada norma, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioeléctrico, se podrá otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 3332005-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Cusco; Que, mediante Resolución Ministerial N° 718-2013MTC/03, se aprobaron los criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1483-2016MTC/28, propone la incorporación de la localidad de CHINCHAYPUJIO a los Planes de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Cusco, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; y, recomienda que la citada localidad sea incluida en el listado de localidades calificadas como áreas rurales o lugares de preferente interés social, una vez que se apruebe el plan de canalización propuesto; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias; los criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social, aprobados por Resolución Ministerial N° 718-2013-MTC/03; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 333-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Cusco, a fin de incorporar el plan de la localidad de CHINCHAYPUJIO; conforme se indica a continuación: Localidad: CHINCHAYPUJIO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1439965-1

Autorizan a Infaservis Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, como Centro de Inspección Técnica Vehicular de tipo fijo, para operar en el departamento del Cusco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4370-2016-MTC/15 Lima, 16 de setiembre de 2016 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-179973, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentada por la empresa "INFASERVIS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", a través de los cuales solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV de tipo fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta, en la Vía Asfaltada Quillabamba-Sambaray, distrito de Santa Anita, provincia de La Convención, departamento del Cusco, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante solicitud registrado con Hoja de Ruta N° E-179973-2016 de fecha 02.07.2016, la empresa "INFASERVIS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", en adelante La Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV tipo fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta, en el lugar ubicado en la Vía asfaltada Quillabamba-Sambaray, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento del Cusco; Que, con Oficio N° 4714-2016-MTC/15.03 y notificado el 25 de julio del 2016, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.