Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de octubre de 2016 /

El Peruano

como el personal jurisdiccional y administrativo de dicha Corte Superior, por las buenas prácticas orientadas al fortalecimiento de la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que se ha visto traducido en el desarrollo del proyecto denominado "Plan Estratégico para la Reingeniería de los Procesos en el Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de ArequipaNueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497"; y que dicha práctica sea difundida a las Cortes Superiores de Justicia que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo a nivel nacional. Tercero. Que estas buenas prácticas contribuyen a mejorar la imagen del Poder Judicial y a fortalecer la aceptación de la ciudadanía; por lo que corresponde, en un extremo, reconocer y felicitar el esfuerzo e identificación institucional del equipo constituido en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que con dedicación y trabajo han logrado desarrollar el referido plan piloto; y en el otro extremo incentivar la creatividad de los servidores del Poder Judicial que aportan a la mejora de la gestión de la administración judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 706-2016 de la trigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconocer y felicitar a los siguientes señoras y señores jueces y servidores de la Corte Superior de Justicia de Arequipa por su participación personal en la implementación y puesta en funcionamiento del Proyecto "Plan Estratégico para la Reingeniería de los Procesos en el Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa-Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497": - Doctor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Juez Superior Titular-Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctora María Eulalia Concha Garibay, Jueza Superior Titular, Coordinadora del Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctor Felipe Federico Yuca Huaraccallo, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctora María del Carmen Geraldine Contreras Ramírez, Jueza Titular del Octavo Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctora Sandra Raquel Rosado Málaga, Jueza Provisional del Sétimo Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctor Freddy Paul Talavera Neyra, Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Doctora Griselda Márquez Mares Torres, Jueza Supernumeraria del Noveno Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Licenciada Paola Silvana Yapo Rodríguez, Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. - Señor José Andrés Meza Pacheco, Auxiliar Judicial de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Artículo Segundo.- Remitir a las Cortes Superiores de Justicia que aplican la nueva Ley Procesal del Trabajo el Proyecto "Plan Estratégico para la Reingeniería de los Procesos en el Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa-Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497", para su difusión; con la finalidad de optimizar el servicio de administración de justicia. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Cortes Superiores de

Justicia que aplican la nueva Ley Procesal del Trabajo, Gerencia General del Poder Judicial; así como a los mencionados jueces y servidores, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1440404-4

Difieren la ejecución de la Res. Adm. N° 234-2016-CE-PJ
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 260-2016-CE-PJ Lima, 5 de octubre de 2016 VISTO: El escrito de fecha 28 de setiembre de 2016, presentado por el doctor Wilmar De la Cruz Gutiérrez, Presidente de la Segunda Sala Penal Liquidadora de Ayacucho, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, respecto a la Resolución Administrativa N° 234-2016-CE-PJ, de fecha 31 de agosto del año en curso, que declaró fundada la solicitud de permuta presentada por los señores Jelio Paredes Infanzon y Wilmar De la Cruz Gutiérrez, Jueces Superiores titulares de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac y Ayacucho, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 234-2016-CE-PJ, del 31 de agosto del presente año, se declaró fundada la solicitud de permuta presentada por los jueces superiores recurrentes; en consecuencia, se dispuso el traslado del doctor Jelio Paredes Infanzon, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Apurímac, a un cargo de similar nivel y jerarquía en el Distrito Judicial de Ayacucho; y el traslado del doctor Wilmar De la Cruz Gutiérrez, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Ayacucho, a un cargo de similar nivel y jerarquía en el Distrito Judicial de Apurímac, al haberse cumplido con los requisitos establecidos. Segundo. Que en los fundamentos de la referida resolución se precisa que la permuta de los jueces superiores solicitantes, no perjudica el servicio de administración de justicia para el cual fueron nombrados. En tal sentido, el doctor Wilmar De la Cruz Gutiérrez mediante escrito de fecha 28 de setiembre de 2016 solicita que la mencionada resolución administrativa se difiera por un plazo que permita la culminación del trámite de los procesos en giro, que viene conociendo en su condición de Presidente de la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, proponiendo que dicho plazo sea de un mes y quince días, aproximadamente. Sustenta su petición en el Informe N° 01-2016-S-2SPL-CSJAY, elaborado por la Secretaría del referido órgano jurisdiccional, por el cual se comunica la existencia de procesos penales que se encuentran en trámite de juzgamiento, que ya han sufrido el cambio de integrante del Colegiado; por lo que, se ocasionaría el quiebre del juicio oral, en perjuicio de una correcta y pronta administración de justicia; más aun, que algunos de ellos son casos sensibles. Tercero. Que, en consecuencia, a fin de no perjudicar el servicio de administración de justicia para el cual fue nombrado el juez superior recurrente, resulta necesario diferir la ejecución de la Resolución Administrativa N° 234-2016-CE-PJ, del 31 de agosto del presente año, con conocimiento del Juez Superior Jelio Paredes Infanzon. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 801-2016 de la trigésima novena sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia

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