Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (22/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

602158 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2016 / El Peruano Proyección estocástica de la deuda pública (% del PBI) Fuente: BCRP, MEF, Proyecciones MEF. 0% 10% 20% 30% 40% 50% 2011 2013 2015 2017 2019 2021 2023 2025 Cabe señalar que al 2015 se estiman contingencias fi scales explícitas por 9,7% del PBI (exposición máxima). En junio del 2016, como parte de un monitoreo de riesgos fi scales y del reforzamiento de la transparencia fi scal, se publicó el Informe de Contingencias Explícitas del Sector Público No Financiero 2015. Según este reporte, las principales fuentes de riesgos fi scales de estas contingencias explícitas son las demandas judiciales en cortes nacionales15 y procesos arbitrales en centros nacionales e internacionales (5,53% del PBI), controversias internacionales en temas de inversión (0,84% del PBI), garantías otorgadas al sector privado con la suscripción de los contratos de APP (2,78% del PBI), y garantías, avales u otros similares otorgadas a entidades u organismos del Sector Público (0,54% del PBI). Es de mencionar que se realizó una proyección estocástica considerando las contingencias explícitas consideradas en el Informe de Contingencias Explícitas del Sector Público No Financiero 2015. Al respecto, considerando la materialización esperada de las contingencias explícitas a partir del 2016, la deuda pública podría incrementarse, de manera indirecta, en dicho nivel después del choque, y se estabilizaría en alrededor de 27,8% del PBI a partir del 2018. Esto considera que solo la deuda pública fi nancia los pagos por la realización de las contingencias explícitas, sin afectar los activos fi nancieros del SPNF (como por ejemplo el Fondo de Estabilización Fiscal). 7. Cálculo de los ingresos estructurales del Gobierno General16 Los ingresos estructurales del Gobierno General se obtienen mediante el ajuste de los ingresos fi scales según el ciclo previsto para el PBI y para los precios de exportación de las materias primas mineras y de hidrocarburos. Así, los ingresos estructurales se calculan a partir de la siguiente fórmula: തതതതത୲ൌ ୲൅ሺ  തതതതതതത୲െ  ୲ሻ൅ሺ ǐ തതതതതത୲െ ‹୲ሻ൅൫ dž തതതതതത୲െ ‹†୲൯ Donde IGGt son los ingresos del Gobierno General ICGGt son los ingresos corrientes del Gobierno General. Además, IMint e IHidt son los ingresos provenientes de minería e hidrocarburos17. Las variables con barra representan los niveles estructurales de la cuenta de ingresos correspondiente. Para obtener el nivel estructural de ICGGt, se multiplican estos ingresos por el factor de ajuste cíclico del PBI, que comprende el ratio entre el PBI potencial y el PBI observado, elevado a una elasticidad estimada (1,36), tal que p y  തതതതതതത୲ൌ  ୲š ቀ୔୆୍ തതതതത౪ ୔୆୍౪ቁ ଵǡଷ଺ . Del mismo modo, los ingresos estructurales provenientes de minería e hidrocarburos se obtienen multiplicando los ingresos observados de cada sector (IMint e IHidt)18 por su factor de ajuste cíclico respectivo, calculado como el ratio entre el índice de precios de exportación potencial respecto al índice de precios de exportación observado. En este caso se supone una elasticidad unitaria para cada grupo de ingresos p ቆ ǐ തതതതതത୲ൌ ‹୲š ቀ୍୔ଡ଼୑న୬ തതതതതതതതതതത౪ ୍୔ଡ଼୑୧୬౪ቁǡ dž തതതതതത୲ൌ ‹†୲š ቀ୍୔ଡ଼ୌనୢ തതതതതതതതതതത౪ ୍୔ଡ଼ୌ୧ୢ౪ቁቇ.. En primer lugar, se calcula el nivel del PBI potencial mediante una función de producción Cobb-Douglas que considera los niveles potenciales de productividad y empleo (corregido por capital humano), calculada mediante el fi ltro Baxter- King, y el stock de capital físico. Para ello, se aplica a una serie anual, desde 1950 a 2019 y considera las previsiones para el PBI y formación bruta de capital para los años 2016 y 2019. PBI Observado y Potencial (Var. % real) Brecha del PBI (% del PBI potencial) Fuente: BCRP, MEF, Proyecciones MEF. 0 2 4 6 8 10 2005 2007 2009 2011 2013 2015 2017 2019 Observado Potencial -2 -1 0 1 2 3 4 2005 2007 2009 2011 2013 2015 2017 2019 15 Cabe señalar que, este informe no presenta las contingencias explícitas por demandas judiciales con pretensiones no cuantifi cables, por ejemplo, demandas para restitución laboral. 16 Para la estimación de los ingresos estructurales se utilizó la metodología vigente, que fue aprobada por Resolución Ministerial N° 024-2016-EF/15 y cuenta con la opinión técnica favorable del Consejo Fiscal (Carta N° 001-2016-CF). Para mayor detalle ver: http://www.mef.gob.pe/contenidos/archivos-descarga/ RM024_2016EF15.pdf. 17 Para los ingresos mineros se considera los ingresos por impuesto a la renta de 3era categoría y regularización de empresas mineras y otros ingresos fi scales de este sector como regalías, Impuesto Especial a la Minería, Gravamen Especial a la Minería y remanente de utilidades mineras. Para los ingresos de hidrocarburos se considera a los ingresos fi scales por impuesto a la renta de 3ra categoría, regularización y regalías de dicho sector. 18 Solo para el caso de los ingresos de minería se excluyen del cálculo a los ingresos por remanente de utilidades mineras.