Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2016 (15/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Jueves 15 de setiembre de 2016 /

El Peruano

abstención, inhibición o discordia de uno o más jueces Superiores de Salas Contenciosas Administrativas con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado de este Distrito Judicial. Que, ante lo expuesto, es necesario modificar la norma administrativa antes citada y dictada por este Despacho, con el fin de cautelar el debido proceso, que redunde en una pronta y eficiente administración de justicia; teniendo en cuenta para tal efecto, la aplicación de los artículos 145º y 150º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que en caso de presentarse impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de la 5° Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad en Temas de Mercado, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior correspondiente de las Salas Contencioso Administrativas con Subespecialidad Tributaria y Aduanera, empezando por el Juez Superior menos antiguo, en el siguiente orden: · 6° Sala Contenciosa Administrativa Subespecialidad Tributaria y Aduanera. · 7° Sala Contenciosa Administrativa Subespecialidad Tributaria y Aduanera. con con

Establecen conformación de diversas salas de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 546-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 14 de setiembre de 2016 VISTAS: Las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura N° 329 y 330 -2016-CNM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura N° 329-2016-CNM y N° 330-2016CNM de fechas 23 de agosto del presente año el Consejo Nacional de la Magistratura procedió al nombramiento en este Distrito Judicial de los siguientes doctores: BENJAMIN JACOB CARHUAS CANTARO, EDER VLADEMIRO JUAREZ JURADO y CIRO LUSMAN FUENTES LOBATO como Jueces Superiores Titulares del Distrito Judicial de Lima; y de la doctora MARÍA LUZ SANDOVAL SANDOVAL como Juez Especializada Penal Supraprovincial con Subespecialidad en delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales del Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Que, habiendo procedido en la fecha el Consejo Nacional de la Magistratura, al Acto de Proclamación, Juramentación y Entrega de Títulos, corresponde al Despacho de esta Presidencia proceder a la ubicación de los señores Jueces Nombrados en los diferentes órganos jurisdiccionales en esta Corte Superior de Justicia de Lima, lo que originará consecuentemente, la variación de la actual conformación de las Salas y Juzgados Especializados de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la doctora SILVIA YSABEL NÚÑEZ RIVA, como Juez Superior Provisional integrante de la Sétima Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria y Aduanera de Lima, a partir del día quince de setiembre del presente año; debiendo retornar a su plaza Titular. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la doctora JESSICA SHIRLEY CAMACHO PEVES, como Juez Supernumeraria del 37° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima a partir del día quince de setiembre del presente año, debiendo retornar a su plaza titular. Artículo Tercero.- DISPONER LA INCORPORACIÓN en los diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia a partir del día quince de setiembre del presente año de los siguientes Jueces Superiores Titulares: - DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del doctor BENJAMIN JACOB CARHUAS CANTARO, en su condición de Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Laboral Liquidadora Transitoria de Lima, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

Artículo Segundo.- ESTABLECER que en caso de presentarse impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de determinada Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria y Aduanera, debidamente comprobada y aceptada, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior de la misma subespecialidad, empezando por el Juez Superior menos antiguo, tal como se detalla a continuación: · La 6º Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria y Aduanera llamará al Juez Superior de la 7º Sala de la misma especialidad. · La 7º Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria y Aduanera llamará al Juez Superior de la 6º Sala de la misma especialidad. · Una vez agotado el llamamiento respectivo en las Salas antedichas, se procederá a llamar al Juez Superior de la 5° Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad en Temas de Mercado. Artículo Tercero.- En el caso de que los integrantes de las Salas a que se refieren los artículos primero y segundo no pudieran intervenir por impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia, se procederá a completar el Colegiado con los Jueces Superiores de la 1º Sala Contenciosa Administrativa de Lima, empezando por el menos antiguo, hasta agotar todos los magistrados integrantes de dicha sala; de continuar dicha situación, se procederá a llamar a los Jueces Superiores de la 2º, 3º y 4º Sala Contenciosa Administrativa siguiendo el procedimiento señalado. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición administrativa que contravenga la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, ODECMA, Gerencia de Administración Distrital y Presidentes de las Salas Superiores de la Especialidad comprendidas en la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1428948-1

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