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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 (15/09/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 43

599169 NORMAS LEGALES Jueves 15 de setiembre de 2016 El Peruano / personas se siguieron desempeñando como tales. b) Asimismo, dicho CNE estuvo conformado, en calidad de suplente, por Nemia Julia Choque Galindo. Al respecto, dicha persona fue elegida como miembro del CNE, en calidad de suplente, el 14 de noviembre de 2009, por lo que de conformidad con el artículo 133 del Estatuto, su designación caducó de pleno derecho el 14 de noviembre de 2012, fecha en la que cumplió 3 años en funciones desde su elección. Sin embargo, pese a no tener la calidad de miembro del CNE desde el 14 de noviembre de 2012, intervino y ejerció funciones como tal. c) Debido a ello, el actual CNE, conformado por Uriel García Cáceres, Carlos Bazán Zénder y Jorge Rocha Arnao, mediante Resolución N° 002-2015/CNE-AP, de fecha 22 de diciembre de 2015, declaró nulos todos los actos emitidos por el CNE anterior, incluido el proceso de elecciones internas del 23 de agosto de 2015. d) La DNROP no emitió pronunciamiento sobre la suspensión del proceso electoral comunicada con fecha 25 de agosto de 2015, ni sobre las Resoluciones N° 002-2015/CNE-AP, N° 005-2016/CNE-AP y N° 006-2016/CNE-AP, y menos noti fi cado a Rolando Edmundo Velasco Vásquez su decisión con relación a su pedido de declaración de nulidad que solicitó. Los parámetros de cali fi cación de los títulos presentados por las organizaciones políticas 12. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú le otorga al Jurado Nacional de Elecciones, y de manera derivada a la DNROP, las competencias y deberes constitucionales de mantener y custodiar el ROP, así como de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. 13. Ahora bien, el artículo 4 de la LOP establece que las modi fi caciones de los elementos que comprenden la partida electrónica de una organización política se inscriben “por el mérito de copia certi fi cada de la parte pertinente del acta donde conste el acuerdo válidamente adoptado por el órgano partidario competente”. 14. Por su parte, el procedimiento de modi fi cación de los elementos que comprende la partida electrónica de una organización política, así como las competencias de la DNROP, establecidas en la Constitución Política y en la LOP, han sido complementados y desarrollados mediante el Reglamento. En este sentido, el artículo 95 del citado reglamento, que regula de manera especí fi ca la inscripción de cargos directivos, señala lo siguiente: “Para la inscripción de la rati fi cación, renovación, revocación o sustitución de directivos, debe presentarse una solicitud dirigida a la DNROP para lo cual deberá adjuntarse el original y copia legalizada del acta en la que conste el acuerdo adoptado por el órgano competente y todos los documentos que validen dicho acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 °. En caso se trate de la inscripción de nuevos directivos, éstos deberán fi rmar el acta donde conste el acuerdo de su nombramiento o designación.” (Resaltado agregado). 15. De esta forma, con base en las normas citadas precedentemente, y en aras de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 178 de la Carta Magna, este colegiado entiende que los títulos que las organizaciones políticas presenten para inscribir un acto que modi fi que algún elemento de su partida electrónica, necesariamente deben cumplir con dos elementos de singular importancia: haber sido emitidos por el órgano partidario competente, y que el acuerdo haya sido válidamente adoptado. Respecto a los documentos presentados para la inscripción del nuevo CEN en el Asiento N° 66 16. Con fecha 3 de diciembre de 2015, Miguel Ángel Dumett Echevarría, personero legal alterno de AP, solicitó a la DNROP la modi fi cación de la partida electrónica de dicha organización política, a fi n de que se registre a los miembros del CEN que resultaron elegidos en el proceso de elecciones internas del 23 de agosto de 2015, conforme al siguiente detalle:N° Cargo Nombre 1 Secretario General Nacional Rafael Vásquez Neyra 2Secretaria Nacional de Audiencia Pública y Gestión del PuebloRaúl Felipe Doroteo Carbajo 3Secretaria Nacional de Asuntos EducacionalesÁngel Ernesto Damián Camahuali 4Secretaria Nacional de Asuntos LaboralesJulio César Rodriguez Santillán 5Secretario Nacional de Comunicación y Proyección PartidariaDiana Silvia Morales Guillén 6Secretario Nacional de Cooperación PopularWilliam Natividad Cabrejos Requejo 7Secretario Nacional de Derechos Humanos y Defensa del Patrimonio NacionalMaría Ysabel Sotomayor Ramírez 8 Secretaria Nacional de DisciplinaAlberto Enrique Carrión Castro 9 Secretario Nacional de EstadísticaLuisa Bertha Liza Espinoza 10Secretario Nacional de Gobiernos Locales y RegionalesGiovani Jaffet Delgado Valdivia 11Secretario Nacional de Ideología y CulturaSoledad Isabel Sánchez Chávez 12 Secretaria Nacional de la JuventudErnesto Mikhajil Colqui Bedregal 13Secretaria Nacional de Movilización y Participación VecinalEuler Adalberto Lozano Palacios 14 Secretaria Nacional de la MujerCarmen Rosa Aguilar Alguiar 15Secretaria Nacional de Plani fi cación y DesarrolloHumberto Constantino Andrade Angulo 16Secretario Nacional de Personeros y Asuntos ElectoralesAlejandro Soilo Chávez Luna 17 Secretaria Nacional de RelacionesBlanca Marisol Fonseca Calle 18Secretario Nacional de Relaciones Internacionales--------- 19Vice-secretario General Nacional de Capacitación y BienestarRoberto Primitivo Pérez Oregón 20Vice-secretario General Nacional de PolíticaMaría Eugenia Nieva Muzurrieta 21Vice-secretario General Nacional de OrganizaciónJustina Apaza López 22Coordinadora Nacional de Coordinadores ILuis Miguel Correa Panduro 23Coordinador Nacional de Coordinadores IIJuan Carlos Merino Castro 24Coordinador Nacional de Coordinadores IIIMicael Gadiel Aquino Munares Accesitario 1Hugo Franklin Sevilla Sevilla Accesitario 2Óscar Hugo Quispe Moscoso Accesitario 3Roxana Gabriela García Cavero 17. En este sentido, a fi n de acreditar el acto respecto del cual solicita su inscripción, el personero legal presentó, entre otros documentos, los siguientes: a) Los recortes periodísticos de las publicaciones efectuadas en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario Expreso , de fecha 12 de junio de 2015 (fojas 4816 y 4817, respectivamente, del Expediente Administrativo N° 4), de la convocatoria a elecciones generales internas