Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de setiembre de 2016 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Modifican Ordenanza Regional N° 0062008-CR/GRM, que dispone la constitución de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial y establece las Funciones de la Comisión Técnica
ORDENANZA REGIONAL N° 09-2016-CR /GRM 19 de julio de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria N°13-2016-CR/ GRM, de fecha 18 de Julio del 2016, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Dictamen Nº 011-2016-COPPOTCR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene el derecho fundamental de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado a su desarrollo de vida; que, asimismo, en el artículo 67 determina que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, los coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones, por su parte el articulo 192 precisa que promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 6 de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, establece como uno de los objetivos de la descentralización, el ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo; Que, el numeral 11 del artículo 8 establece de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, como principio rector de las políticas y la gestión regional que las políticas regionales deben guardar concordancia con las políticas nacionales de Estado; Que, conforme al literal a) del artículo 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen como función formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica, aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, establece que la Zonificación Ecológica y Económica ­ ZEE, es un proceso dinámico y flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales; Que, el artículo 16 del mencionado Reglamento, establece que cada proceso de Zonificación Ecológica y Económica ­ ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica y en su artículo 17 del mismo dispositivo legal se estableces sus funciones; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 006-2008CR/GRM, de fecha 31 de marzo del 2008, se constituye la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica

Económica y Ordenamiento Territorial de la Región Moquegua, modificada mediante Ordenanza Regional N° 02-2012-CR/GRM, de fecha 30 de marzo del 2012; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1352013-MINAM, se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identifica y conceptualiza los instrumentos técnicos sustentatorios del Ordenamiento Territorial: la Zonificación Ecológica y Económica ­ ZEE, los Estudios Especializados ­ EE, el Diagnóstico Integrado del Territorio ­ DIT y el Plan de Ordenamiento Territorial ­ POT; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0562015-MINAM, se aprueba el documento denominado "Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de la Zonificación Ecológica y Económica en el ámbito regional y local", norma que hace precisiones sobre lo establecido en el Reglamento de ZEE acerca de la constitución y conformación de las Comisiones Técnicas y permite su articulación con las normas de carácter nacional; Que, el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM, mencionada en el considerando anterior precisa que los gobiernos regionales y locales deben adecuarse a las disposiciones establecidas en dicha Resolución Ministerial en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, realizada el 21 de marzo del 2015; Que, mediante Oficio N° 269-2016-MINAM/DVMDERN/ DGOT, la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Ambiente remite al Gobierno Regional de Moquegua, la opinión técnica sobre el proyecto de ordenanza para la modificación de la Comisión Técnica Regional de la Zonificación Ecológica y Económica de Moquegua, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM; Por lo que, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza N° 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por Unanimidad de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 006-2008-CR/ GRM, QUE DISPONE LA CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA, ECONÓMICA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y ESTABLECE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN TÉCNICA Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 02-2012-CR/GRM que modifica el Artículo segundo de la Ordenanza Regional Nº 006-2008-CR/GRM. Artículo Segundo.- MODIFICAR los artículos segundo y tercero de la Ordenanza Regional N° 006-2008CR/GRM, que dispone la constitución de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial y establece las Funciones de la Comisión Técnica, la misma que quedara redactada de la siguiente manera: "ARTICULO SEGUNDO.- CONFORMAR la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de Moquegua, la misma que estará integrada por: a) Un Representante del Gobierno Regional de Moquegua. ·La Oficina de Ordenamiento Territorial. b) Un representante de cada Gobierno Provincial de la Región: · Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. · Municipalidad Provincial de Ilo. · Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro.

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