Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Nº 210-2004/SUNAT que establece las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes y normas modificatorias. Artículo 2. De la modificación de la resolución 2.1 Modifícase el inciso c) del artículo 2 de la Resolución por el texto siguiente: "Artículo 2°.- SUJETOS OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL RUC Deberán inscribirse en el RUC: (...) c) Los sujetos que se acojan a los regímenes aduaneros o a los regímenes aduaneros especiales o de excepción, previstos en la Ley General de Aduanas aprobada con Decreto Legislativo Nº 1053 y normas modificatorias, con excepción de los indicados en los incisos g) al q) del artículo 3°, así como al supuesto señalado en el último párrafo del referido artículo. (...)." 2.2 Incorpórase como inciso q) del artículo 3 de la resolución, el texto siguiente: "Artículo 3°.- SUJETOS QUE NO DEBEN INSCRIBIRSE EN EL RUC No deberán inscribirse en el RUC, siempre que no tuvieran la obligación de inscribirse en dicho registro por alguno de los motivos indicados en el artículo anterior: (...) q) Las personas naturales en tratamiento médico debidamente acreditado de enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes que importen medicamentos para el tratamiento de dichas enfermedades, por un valor FOB que no exceda de US $ 10 000,00 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América), mediante declaración simplificada, incluso si la importación es realizada a través de los regímenes aduaneros especiales del tráfico de envíos postales o envíos de entrega rápida. (...)." DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Vigencia La presente resolución entra en vigencia el 20 de setiembre de 2016. Regístrese, comuníquese, publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1429509-1

Que conforme a lo indicado en el Informe N° 72-2016-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, resulta necesario actualizar los requisitos mínimos del cargo de Superintendente Nacional Adjunto, a fin de considerar el grado académico y experiencia laboral en la Administración Pública, además de los requisitos que se exigen al Superintendente Nacional, de acuerdo al artículo 9° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; De conformidad con el Informe N° 72-2016-SUNAT/8A0100 y en uso de la atribución conferida por el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la actualización del Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 125-2016/SUNAT, respecto del cargo de Superintendente Nacional Adjunto, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial El Peruano, y el Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1430231-1

Dejan sin efecto designación y designan en cargo de confianza de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 236-2016/SUNAT Lima, 16 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 314-2012/SUNAT se designó al señor Luis Miguel Jiménez Palma en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refiere el considerando precedente y designar a la persona que asumirá el citado cargo, el cual es considerado de confianza de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 125-2016/SUNAT, que aprueba el clasificador de cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del señor Luis Miguel Jiménez Palma en el cargo de confianza

Aprueban actualización del Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 230-2016/SUNAT Lima, 16 de setiembre de 2016 VISTOS: EI Informe N° 72-2016-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N° 125-2016/SUNAT se aprobó el Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT;

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