Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

599426

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de setiembre de 2016 /

El Peruano

de la Ley de Fomento al Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-96-TR; Que, el numeral 8) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, establece que el Presidente del Consejo Directivo tiene la función y responsabilidad de designar al personal y cargos de confianza, de conformidad con la legislación vigente; De conformidad con las atribuciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia formulada por el Señor Ingeniero Julio César Díaz Sipirán al cargo de Director de la Oficina de Administración del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- NOTIFICAR el presente Acto de Administración a las Unidades Orgánicas del INGEMMET e interesado para los fines pertinentes. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR BERNUY VERAND Presidente del Consejo Directivo 1430273-1

En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 0382015/SUNAT/60000; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, al trabajador que a continuación se detalla: Registro 7278 Apellidos y Nombre PORTILLA MIRANDA WENDY ELENA

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ACOSTA VILCHEZ Intendente Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque 1429510-1

Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en eventos de la CIAT, a realizarse en EE.UU.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 228-2016/SUNAT Lima, 14 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante carta s/n de fecha 2 de junio de 2016, la Secretaría Ejecutiva del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias ­ CIAT cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en el Encuentro CIAT de Tecnología, a llevarse a cabo en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, los días 10 al 12 de octubre de 2016; Que posteriormente, mediante comunicación electrónica de fecha 25 de agosto de 2016, la Dirección de Operaciones y Gestión Institucional del CIAT comunica a la SUNAT sobre la convocatoria efectuada para participar en la Reunión del Consejo Directivo del CIAT, a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, el día 10 de octubre por la mañana; Que el Encuentro CIAT de Tecnología, se centrará en todos los aspectos de la administración tributaria desde el registro hasta la presentación de declaraciones, el servicio al contribuyente, la auditoría y la detección del incumplimiento; además, en las exposiciones previstas en dicho Encuentro se mostrarán las aplicaciones innovadoras de la tecnología y el desarrollo de aplicaciones avanzadas; Que el objetivo del referido evento es incrementar la eficiencia y eficacia de las administraciones tributarias a través del intercambio de prácticas en el uso de tecnología, con el fin de optimizar las fuentes de información e incrementar los niveles de recaudación; lo que permitirá a la SUNAT mejorar sus áreas de negocio tales como registro, declaración y pago, control de la deuda, fiscalización y servicios al contribuyente; Que el Consejo Directivo del CIAT está integrado por un presidente y 8 consejeros, entre los cuales se encuentra el Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria del Perú; y es responsable de la dirección y seguimiento del cumplimiento de las actividades y de la ejecución del presupuesto por la Secretaría Ejecutiva, y de delinear las directivas estratégicas institucionales del CIAT; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes N°s. 048-2016-SUNAT/5B0000 y 055-2016-SUNAT/6R0000 de fechas 5 y 2 de setiembre de 2016 respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Miguel Ángel Ortiz Gallegos, Gerente (e)

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque
INTENDENCIA DE ADUANAS Y TRIBUTOS LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 071-024-0003967-2016-SUNAT/1T0000 Chiclayo, 13 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que el Ártículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 0382015/SUNAT/60000 desconcentra en el Intendente de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de la citada intendencia;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.