Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2016 (24/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de setiembre de 2016 /

El Peruano

h) Autorizar al Comité de Selección a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado de la convocatoria, en procedimientos de selección correspondiente a Adjudicaciones Simplificadas para la contratación de consultorías y ejecución de obras, siempre que cuenten con la certificación de crédito presupuestario correspondiente, en el marco de los artículos 54 y 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado". i) Autorizar al Comité de Selección a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor referencial hasta en un 10%, en procedimientos de selección de Concurso Público para la contratación de consultorías de obras y Licitación Pública para la contratación de ejecución de obras, para efectos del otorgamiento de la buena pro, siempre que se cuente con la certificación de crédito presupuestario correspondiente, en el marco de lo establecido en los artículos 54 y 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. j) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la Entidad en dichos procedimientos de solución de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las competencias exclusivas del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses del Ministerio de Salud. k) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones del Estado. Artículo 3.- Modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 017-2016/MINSA, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: Artículo 3.- Delegar en el funcionario responsable de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, durante el Ejercicio Fiscal 2016, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud: a) En el caso de las contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras cuando corresponda, derivadas de los procedimientos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado cuyo valor estimado sea inferior a S/ 400 000,00 (Cuatrocientos Mil con 00/100 Soles) delegar las facultades de: - Aprobar los expedientes de contratación, las bases y la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección respectivos. - Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de contrataciones del estado y sus respectivas Adendas. - Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes y servicios, incluyendo las consultorías. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas en el caso de bienes, servicios y consultorías. - Aprobar la modificación de los contratos, distinta de aquella que resulte de la autorización de prestaciones adicionales, reducción de prestaciones y ampliaciones de plazo, incluyendo aquella que implique la variación del precio, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Autorizar la celebración de contrataciones complementarias, en el marco de lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. - Autorizar la subcontratación de prestaciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de la contratación de bienes, servicios y consultorías.

- Resolver los contratos de bienes, servicios y obras, celebrados en el marco de la normativa de contrataciones del Estado y por las causales previstas en esta, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad b) Suscribir y resolver los contratos de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias y sus respectivas adendas, que se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado. c) Suscribir y resolver los contratos con proveedores no domiciliados en el país y sus respectivas adendas, que se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, de acuerdo a su artículo 5, literal f)". Artículo 4.- Delegar en el/la Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud la facultad de aprobar y suscribir convenios y/o acuerdos de cooperación interinstitucional con los institutos de educación superior tecnológica. Artículo 5.- Publicación en Portal Institucional Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index. asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1432806-1

Aceptan renuncia de profesional a la asignación de funciones efectuada mediante R.M. N° 097-2016/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2016/MINSA Lima, 23 de setiembre del 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024, regulado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, se creó el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales para ser destinados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 786-2015/ MINSA de fecha 01 de diciembre del 2015, se designó entre otros, a la Gerente Público María Eloísa Núñez Robles, en el cargo de Jefe de Equipo de la Dirección de Atención Integral de la Salud (CAP N° 762) de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 332-2015-SERVIR-PE de fecha 18 de diciembre de 2015, se formalizó la asignación de la Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil señora María Eloísa Núñez Robles, como Jefe de Equipo de la Dirección de Atención Integral de la Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 097-2016/ MINSA de fecha 15 de febrero del 2016, se asignó temporalmente a la señora María Eloísa Núñez Robles, las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud correspondientes al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Prevención de Enfermedades no Transmisibles y Oncológicas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; Que, mediante carta S/N de fecha 30 de junio del 2016, la señora María Eloísa Núñez Robles, por motivos

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